El Ministerio de Justicia nos ha trasladado firmadas las
circulares 1/2020 y 3/2020, sobre el disfrute de vacaciones de los funcionarios
de justicia en los meses de verano y sobre medidas excepciones sobre la
prestación de servicio de los letrados de la administración de justicia para ámbito ministerio.
Como ya os avanzamos
anteriormente, la circular 1/2020 recoge:
- Del 1 al 10 de agosto estará únicamente presente entre el 10 y el 20% de la plantilla de cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común, salvo en los juzgados que presten servicio de guardia u otras necesidades de servicio debidamente justificadas.
- Del 11 al 31 de agosto estará únicamente presente entre el 20 y 30% de la plantilla de cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común, salvo en los juzgados que presten servicio de guardia, determinándose el número concreto por el respectivo responsable funcional, en función de las necesidades de servicio.
- Durante los meses de julio y septiembre, no podrán disfrutar de vacaciones simultáneamente un número de funcionarios que supere entre el 20 o el 30 % de la plantilla de cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común, excepto que en el órgano concreto haya menos de tres funcionarios, en cuyo caso no podrán disfrutar simultáneamente de días de vacaciones o asuntos particulares más de un funcionario.
- Los días de vacaciones y asuntos particulares de los funcionarios de los cuerpos generales se autorizarán por la respectiva gerencia territorial del Ministerio de Justicia, previo visto bueno del respectivo responsable funcional (Fiscal Jefe, Letrado de la Administración de Justicia o Director de IMLCF o del INTCF), que se dará siempre que, estando garantizada la cobertura de las necesidades del servicio, se cumplan los porcentajes expuestos en los apartados anteriores.
El Ministerio de Justicia nos discrimina con nuestros salarios, juega
con nuestra salud y ahora altera de forma intolerable nuestras
vacaciones
Como ya advertimos en su momento al Ministerio, STAJ presentará recurso a estas
circulares, pues entendemos que vulneran los derechos recogidos en la Orden JUS/2538/2013, sin ningún tipo de justificación real.
STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras