martes, 10 de febrero de 2026

STAJ denuncia ante el Defensor de Pueblo la pésima gestión de los procesos selectivos a cargo del Ministerio de Justicia

A continuación, os dejamos transcripción del escrito que ha presentado el STAJ ante el Defensor del Pueblo por la pésima gestión de los procesos selectivos a cargo del Ministerio de Justicia. 

Nos volvemos a dirigir a esa Institución como ampliación de los escritos presentados en fecha 3 de noviembre de 2023 y 1 de noviembre de 2024 a fin de volver a solicitar su intervención e intercesión con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 

A día de hoy seguimos con las mismas circunstancias detalladas en los anteriores escritos, a pesar del tiempo transcurrido, todo ello debido a la pésima gestión que se está llevando a cabo con los procesos selectivos y concursos de traslados que se han ido convocando, y que desde el año 2022 están pendientes de resolución causando un enorme perjuicio de se traduce a nivel personal para los cientos de aspirantes y en un quebranto económico que probablemente tendrá como consecuencia numerosas reclamaciones que en caso de prosperar implicaría el innecesario gasto del dinero de todos los ciudadanos por la incompetencia y mala gestión de sus responsables. Por otra parte a nivel general la natural desafección y malestar por la falta de certidumbre que seguro tiene consecuencias en el peor desempeño del servicio público.

Todos estos procesos que detallamos a continuación se encuentran a día de hoy sin resolver, es decir, sin haber adjudicado plaza y a mayor abundamiento muchas personas se han tenido que examinar más de una vez por no saber en su caso si ha superado la convocatoria anterior toda vez que se convocan sin haber publicado los aspirantes que han superado el proceso anterior causando un gran perjuicio difícil de justificar. 

Estos procesos pendientes son los siguientes : 

-Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (BOE 27 DICIEMBRE)

-Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.(BOE DE 30 DICIEMBRE)

-Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso por promoción interna y sistema de concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

-Orden PJC/104/2024, de 31 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 12 DE FEBRERO DE 2024)

-Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE DE 2 DICIEMBRE)

-Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE DE 1 DE FEBRERO)

-Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1435/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1436/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1550/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. BOE 30 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante de oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.(BOE DE 30 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1550/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo deTramitación Procesal y Administrativa de la A dministración de Justicia. (BOE DE 30 DICIEMBRE)

-Orden PJC/1572/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna y sistema de concurso-oposición al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE DE 2 ENERO DE 2026)

Los procesos anteriores en los que no se han llegado a adjudicar plazas y por tanto están colapsando los de fechas posteriores afectan a un gran número de opositores que están sufriendo consecuencias económicas y personales que deben ser resueltas lo antes posible. 

Por otra parte, en cuanto a los concursos de traslados todavía tenemos pendiente de resolver el concurso convocado en fecha 5 de noviembre de 2025 y que a fecha de hoy está todavía en trámite de valoración de méritos, por lo que figuramos que el concurso de traslados que según nuestro Reglamento de ingreso debe ser convocado en el primer trimestre de 2026 se verá afectado y retrasado para finales de este año. 

Queremos significar que los funcionarios del Ministerio que están desarrollando todos estos procesos selectivos y concursos carecen de medios técnicos y de personal suficiente para poder realizar con eficacia dicha labor por lo que apelamos a que, desde esa Institución se requiera a los responsables a fin de demandar los medios necesarios para dar solución a esta situación. 

Es por ello por lo que volvemos a apelar a su autoridad y solicitamos su colaboración ante la grave situación que supone una vulneración de los derechos laborales de nuestro colectivo y al interés del servicio público.

STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

STAJ reclama una solución inmediata para la pésima situación del Tribunal de Instancia de Ribeira

Desde el sindicato STAJ, nos hemos puesto en contacto con la Secretaria coordinadora de A Coruña para denunciar públicamente la situación que se está produciendo en el Tribunal de Instancia de Ribeira y solicitamos la adopción inmediata de medidas para poner fin a la misma. Igualmente, hemos trasladado a la DXX la problemática existente en dicha localidad. 

El pasado 1 de julio de 2025 entra en funcionamiento los Tribunales de Instancia de la fase I, entre los que se encuentra el de Ribeira, acompañados de sus respectivos protocolos de actuación.

En el Tribunal de Instancia de Ribeira no solo no se aplica el protocolo original, sino que la Letrada Directora decide elaborar un protocolo marco de actuación de "motu propio" hecho a medida para ella con el fin de eludir responsabilidades y no asumir carga de trabajo y que está generando una situación de caos e incertidumbre a la hora de trabajar los funcionarios y el resto de letradas del mencionado Tribunal.

En el protocolo original se crean varios grupos de trabajo diferenciados por materia, como el grupo de procedimiento civil, el grupo de ejecución civil o el grupo de de procedimiento penal, estableciendo el mismo protocolo en lo referente al grupo de procedimiento civil que la distribución del trabajo dentro de este grupo se realizará de forma que facilite la agilidad y eficiencia en la tramitación y la transmisión de conocimientos, por lo que se valorará la distribución por clases de procedimientos.

Con respecto al grupo de ejecución civil el protocolo original establece que la distribución del trabajo dentro de este grupo se realizará de forma que facilite la agilidad y eficiencia en la tramitación y la transmisión de conocimientos, pero también procurando especializar la tramitación de subastas electrónicas y de ejecuciones hipotecarias.

Y así con carácter general se pretende que en cada grupo de trabajo se busque la agilidad y la eficiencia en la tramitación de los procedimientos.

A diferencia de lo establecido en el protocolo original, en el protocolo marco de actuación se establece que tanto el grupo de trabajo civil como el de ejecución y el grupo de trabajo penal tramitarán procedimientos de ejecución, por lo que en los tres grupos de trabajo se llevan diferentes materias, impidiendo la especialización de los funcionarios y ralentizando la tramitación de los mismos.

A su vez establece el protocolo original con respecto al Registro Civil que; además, en el partido judicial de Ribeira existe una Oficina General de Registro Civil, constituida por 1 persona del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y 1 del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con dedicación a la prestación del servicio de Registro Civil. De conformidad con lo establecido en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Xunta de Galicia, dichos puestos son compatibles con la realización de funciones en la oficina judicial, y prestación del servicio de guardia en su caso. Corresponderá a la persona directora del Servicio Común, en atención al volumen de trabajo puntual en cada caso, la asignación complementaria de tareas de dicho personal en aquellos grupos que así lo requieran, de ser el caso. Sin embargo en el protocolo marco de actuación se establece que el funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, destinado recientemente en el Registro Civil (…) desempeñe sus funciones en el Registro Civil un 40% de su jornada laboral, y el 60% en la oficina judicial.

Por lo que la asignación de tareas correspondientes al grupo de trabajo ni es puntual ni es complementaria, generando en la funcionaria un estrés constante dada la carga de trabajo y la imposibilidad de tramitar los procedimientos que tiene asignados, siendo los mismos que tenía antes de la entrada en vigor del Tribunal de Instancia y que ahora además debe realizar asumiendo las labores del Registro Civil. Por otro lado al establecer que debe desempeñar sus funciones en el Registro Civil un 40% genera que el funcionario de tramitación procesal y administrativa destinado en el Registro Civil se encuentre solo la mayor parte de la jornada laboral generando una excesiva carga de trabajo.

Por último y para finalizar en relación a la asunción de los procedimientos a las Letradas de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia de Ribeira, establece el protocolo original que Con carácter inicial, hasta el 31 de diciembre de 2025 corresponderá a la persona directora del Servicio Común, además de sus funciones propias como Encargada de Registro Civil y de asuntos generales, el grupo de ejecución civil, así como expedientes de jurisdicción voluntaria y conciliaciones, pudiendo determinarse por el/ la directora/a, en atención al eventual volumen de éstas, su asignación rotatoria entre los/as Letrados/as del Servicio Común de Tramitación Único de Ribeira.

Sin embargo en el protocolo marco de actuación se asigna a las tres Letradas de la Administración de Justicia de Ribeira la competencia para conocer de todos los procedimientos de ejecución que se hallen en trámite con anterioridad al 1 de febrero de 2026. Lo que genera una carga de trabajo desproporcionada entre las integrantes del cuerpo al asumir las letradas de los grupos de trabajo civil y penal, además de todos los procedimientos de trámite civil y penal respectivamente, todos los procedimientos de ejecución que conocían hasta el 1 de febrero.

Así mismo se establece en una Hoja de servicio interno, aclaratoria del protocolo marco de actuación que “se computarán los procesos declarativos finalizados en cada plaza, y ese mismo número se irá “arrastrando” o detrayendo de las ejecuciones iniciadas con anterioridad al 1 de febrero de 2026, las cuales se irán integrando en el Grupo de Ejecución (…)”.

Lo que este “reparto” está generando en la práctica es una ralentización del trabajo y un caos a la hora de repartir los asuntos a los diferentes grupos, puesto que todos asumen procedimientos de ejecución y varía el reparto a partir del 1 de febrero, por lo que resulta difícil sino imposible saber, cuando se presenta un escrito de un procedimiento de ejecución, a que plaza corresponde. Y todo ello se suma a la excepcional carga de trabajo que tiene el Tribunal de Instancia de Ribeira, generando un ambiente generalizado de tensión y estrés por el personal integrante del mismo.

Por todo ellos solicitamos que se tomen medidas urgentes para abordar los problemas descritos y que se establezca un reparto equitativo de la carga de trabajo, así como que se garantice a cada grupo de trabajo la realización de funciones propias del mismo, a fin de garantizar el cumplimiento de los principios establecidos en el protocolo de actuación, en particular, agilidad, celeridad, simplicidad y claridad en la ejecución de tareas, sin perjuicio de la calidad y corrección del trabajo realizado, necesidad de eficacia y eficiencia en la gestión, racionalización del trabajo y responsabilidad por la gestión.

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STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras