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martes, 31 de diciembre de 2024
lunes, 30 de diciembre de 2024
Gestión concurso-oposición: listado de aprobados del proceso
Auxilio Concurso Oposición: Relación de aprobados y corrección de errores
Abreviaturas : GE ( General); CRD (Cupo de reserva para personas con discapacidad)
- ACUERDO TCU APROBADOS y corrección de errores AJ LIBRE 1327
- APROBADOS AUXILIO LIBRE 1327
- APROBADOS AUXILIO LIBRE 1327 ALFABÉTICO
- Méritos definitivos Auxilio Libre 1327 corregido
Tramitación y Auxilio, concurso de méritos. Relación de aprobados y apertura del plazo para presentar documentación
sábado, 28 de diciembre de 2024
Importante : Mugeju, información sobre cambios de entidad médica.
Debido al retraso producido en el
proceso de contratación, se prevé que el nuevo concierto sanitario para los
años 2025 y 2026 entre en vigor en febrero, y no en enero, como estaba previsto
inicialmente. Esto significa que las entidades de seguro no están obligadas a
presentar los catálogos actualizados de proveedores hasta el 20 de enero.
Dada la importancia para los mutualistas de conocer los
catálogos de proveedores antes de elegir una entidad médica, desde la Gerencia
de MUGEJU hemos decidido abrir un segundo período de cambio de entidad médica,
que tendrá lugar durante el mes de febrero, y que será adicional al período de
cambio ordinario del mes de enero. Por tanto, en 2025 habrá 2 plazos para
solicitar cambio de entidad:
1º)
ENERO DE 2025: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La
solicitud se podrá realizar durante el mes de enero y el cambio será efectivo a
partir del 1 de febrero de 2025. Opciones:
·
INSS (sistema
público de salud)
·
ASISA
·
ADESLAS
·
NUEVA
MUTUA SANITARIA
Es
MUY IMPORTANTE que las personas mutualistas adscritas actualmente a DKV,
SANITAS o MAPFRE soliciten el cambio de entidad médica en ENERO,
puesto que dichas entidades no prestarán asistencia sanitaria a los mutualistas
a partir de la entrada en vigor del nuevo concierto.
Recordamos que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024) , DKV, SANITAS y MAPFRE deberán
prestar asistencia sanitaria a mutualistas de MUGEJU hasta el 31 de enero de 2025,
con las excepciones recogidas en dicha cláusula:
“8.1.2.
Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025,
continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo
que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y
uno de enero de 2025.
Además,
si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en
régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto
estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir
prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por
maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se
concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que
la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura
hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la
nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.
Está
obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que
conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria”.
2º) FEBRERO
DE 2025: CAMBIO EXTRAORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La
solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo
a partir del 1 de marzo de 2025. Opciones:
·
INSS (sistema
público de salud)
·
ASISA
·
ADESLAS
·
NUEVA
MUTUA SANITARIA
Cada mutualista titular podrá realizar en total 2 solicitudes de
cambio de entidad médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero.
Dentro de cada período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la
solicitud una vez realizada, por lo que recomendamos a los
mutualistas que se aseguren de que la entidad indicada en el formulario es la
correcta.
Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede electrónica de MUGEJU (acceder a la pestaña “online” y pulsar el botón “iniciar trámite”). Las personas mutualistas en activo, deberán realizar las solicitudes a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas pensionistas o que puedan justificar problemas de acceso a los medios electrónicos, podrán presentar las solicitudes presencialmente en las oficinas de MUGEJU o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
viernes, 27 de diciembre de 2024
Tramitación concurso oposición orden 1327/22: listado definitivo de méritos
Abreviaturas : GE ( General); CRD (Cupo de reserva para personas con discapacidad)
ACUERDO TCU TR LIBRE APROBADOS 1327
Un día de asuntos particulares para os funcionarios que estén de garda o 24 ou o 31 de decembro.
Recordade
que dispoñemos de un día adicional de asuntos particulares por estar de garda o
24 ou o 31 de decembro, tanto para o persoal de gardas de permanencia como para o persoal que teña gardas de
dispoñibilidade, aínda que non acuda de forma efectiva a traballar
De
conformidade co artigo 18 e) da
RESOLUCIÓN do 21 de febrero de 2024, da Dirección Xeral de Xustiza, sobre
horarios e o calendario laboral das oficinas da Administracion de xustiza en
Galicia para 2024 que di:
“
O persoal funcionario que estea de garda o día 24 de decembro ou o día 31 de
decembro terá dereito a un día máis" de asuntos.
Como
ten categoría de día por asuntos
particulares poderase disfrutar ata o 31 de xaneiro do 2025
A
solicitude farase seguindo o seguinte itinerario no OPAX:
Para
solicitar un día maís de asuntos por estar de garda de permanencia ou de
dispoñibilidade os días 24 ou 31 de decembro e necesario entrar na OPAX i en PERMISOS, Permiso de tipo: ausencia
posto de traballo. En observacións:
facer a garda do día 24 ou 31 como corresponda. Posteriormente firmado
por o funcionario/a e o letrado/a.
Mugeju: Plan de atención SocioSanitaria para 2025
Hoy
se publica en el Boe la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Mutualidad
General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de
Atención SocioSanitaria para 2025.
Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:
a) Programa de atención a personas mayores.
b) Programa de atención a personas con
discapacidad
c) Programas
de atención a personas drogodependientes.
d) Ayudas
derivadas de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos
Las
ayudas de atención a personas mayores están dirigidas a atender estados de
necesidad de quienes habiendo alcanzado una determinada edad y, como
consecuencia de deficiencias psicofísicas y de circunstancias familiares y
sociales, están impedidos para el desarrollo normal de la vida diaria, carecen
de recursos suficientes para hacer frente a dichos estados o situaciones
Las
ayudas de atención a personas con discapacidad tienen como finalidad contribuir
a sufragar el coste de los servicios, actividades o medios técnicos que
precisen dichas personas.
Las
ayudas de atención a personas drogodependientes tienen como finalidad
contribuir a la rehabilitación de las personas que se encuentren en esta
situación.
Las ayudas derivadas de la aportación económica
en determinados productos ortoprotésicos tienen como finalidad financiar
parcialmente los gastos derivados de la aportación económica de determinados
productos incluidos en el Catálogo de material ortoprotésico.
Para
el reconocimiento de las ayudas reguladas en la presente resolución será
preciso que la persona interesada formule la correspondiente solicitud a través
de: – La sede electrónica de MUGEJU Plan de atención socio-sanitaria/Mutualidad
General Judicial (sedemugeju.gob.es) las 24 horas del día, todos los días del
año, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas. Se precisa certificado
electrónico en vigor, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN.
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2025
jueves, 26 de diciembre de 2024
Oposiciones LAJ: Se retrasa convocatoria OEP 23-24
Gestión PA Turno Libre: Plantillas definitivas
lunes, 23 de diciembre de 2024
MUGEJU sigue adiante co proceso de licitación
Auxilio Judicial Concurso Oposición: listado de méritos definitivo
Laj, modificación Reglamento Orgánico. Modificación Reglamento Ingreso , Provisión de Puestos funcionarios justicia.
En
cuanto a los funcionarios de la Administración de Justicia señalar que :
Se
añade un nuevo punto al artículo setenta y tres del reglamento de ingreso de
los funcionarios de la Administración de Justicia por lo que a partir de ahora
el que cese en una comisión de servicios sin cambio de domicilio tendrá tres
días para reincorporarse a su puesto de trabajo y el que cese habiendo cambio
de domicilio ocho días, que deberán entenderse hábiles.
Se añade una nueva disposición adicional cuarta en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, que tendrá la siguiente redacción:
Al personal funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa nombrado letrado o nombrada letrada
de la Administración de Justicia sustituto o sustituta, se le reservará,
durante el tiempo que ocupe dicho cargo, el puesto cuya titularidad ostentara
con anterioridad a dicho nombramiento, pudiendo ser cubierto éste temporalmente
mediante adscripción provisional, comisión de servicio o sustitución».
Éxito conseguido por el sindicato STAJ, que llevábamos varios años intentando.
viernes, 20 de diciembre de 2024
Estabilización Concurso Méritos TPA: Relación aprobados y correción errores
ACUERDO ELEVACIÓN DE APROBADOS TRAMITACIÓN Y CORRECCIÓN DE ERRORES.pdf
LISTADO COMPLETO DE OPOSITORES POR APELLIDO.pdf
PUBLICACIÓN CORRECCIÓN DE ERRORES.pdf
ANDALUCÍA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
ANDALUCÍA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
ARAGÓN TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
ARAGÓN SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
ASTURIAS TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
ASTURIAS SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
CANARIAS TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
CANARIAS SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
CATALUÑA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
CATALUÑA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
LA RIOJA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
LA RIOJA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
MADRID TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
MADRID SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
MINISTERIO TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
MINISTERIO SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
NAVARRA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
NAVARRA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
PAÍS VASCO TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
PAÍS VASCO SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
VALENCIA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf
VALENCIA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdfÚltima hora: Aprobación modificación Reglamengto Lajs
QUE NO TE ENGAÑEN SOBRE LA LEY DE EFICIENCIA
El Congreso de los Diputados
aprobó este jueves 19 de diciembre definitivamente la Ley, tras un proceso que
se ha ido cerrando como consecuencia del pacto firmado por el Ministro de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, con las
organizaciones sindicales CSIF y UGT el 11.4.2024, para el ámbito Ministerio
dejando fuera del acuerdo a los ámbitos transferidos, pero con implicaciones
nacionales al vincularse con la transformación de la Administración de
Justicia: Rompiendo la unidad sindical se
cerró en falso el conflicto nacional mantenido durante meses en 2023 con los
Trabajadores de los cuerpos Generales de la administración de Justicia.
Recordad que se pedía, entre otras cosas y de forma prioritaria, la paralización
de la norma para ser negociada.
Posteriormente y en mesas Sectoriales convocadas por el Ministerio de Justicia con la participación de STAJ en la negociación sindical, a mediados del pasado mes de julio en el peor de los escenarios por la ruptura de la unidad sindical y, BUSCANDO SIEMPRE LA MEJORA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, se alcanzó un ACUERDO en el que se logró mitigar muchos de los aspectos más perjudiciales de la norma que querían imponer.
Resumimos algunos logros:
Promoción interna. Se eleva del 30% al 50% la reserva de plazas para la promoción interna.
Teletrabajo. Se incluye una regulación básica como Disposición adicional en la ley de eficiencia (Viene regulado en la disposición adicional 10ª de la presente Ley).
Carrera profesional. Se convocará mesa sectorial durante el primer semestre de 2025.
Registro Civil. Se procederá a la negociación de las RPTs de las oficinas del Registro Civil, incluido el Registro Civil Central, y se negociará con los sindicatos los aspectos del Reglamento del Registro Civil. En alguna CCAA ya se están negociando estas RPTs.
Revisión grupo IV (Juzgados de Paz). Se negociará durante el segundo semestre de 2025 la revisión del grupo IV (actuales Juzgados de Paz) con objeto de eliminar las diferencias retributivas con el resto de los grupos.
En materia de Ley de eficiencia y oficinas judiciales, estos son los logros del Acuerdo firmado por STAJ y que se ven reflejados en el texto de la norma aprobada por el Congreso:
Obligación de negociar las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs) de las nuevas oficinas. En el proyecto original se contemplaba la transformación automática, sin negociación.
Plantillas. Se garantiza que las plantillas y RPTs vigentes (donde las haya), más las plazas que se puedan crear hasta el acoplamiento por consolidación de refuerzos, no sufrirán amortización alguna.
Retribuciones complementarias fijas. Se garantiza el mantenimiento de las retribuciones complementarias fijas sea cual sea su cuantía y concepto. Esas retribuciones no pueden ser objeto de compensación ni absorción y se mantienen mientras no se produzca un cambio de puesto de forma voluntaria.
Guardias. Se garantiza que el personal que venga realizando guardias continúe realizándolas (y cobrándolas) con la misma frecuencia con que las viene realizando ahora, mientras no cambie voluntariamente de puesto, y aunque en el acoplamiento no fuere confirmado en un puesto que la lleve aparejada, en contra de su voluntad.
Estructura de la oficina judicial. A efectos de provisión de puestos y asignación de funciones, se garantiza que en las RPTs los puestos de trabajo se identificarán según el centro de destino a que pertenezcan y dentro de ellos a las áreas que se constituyan dentro de los servicios comunes (con independencia de su número de efectivos), así como a los equipos según se determine en la RPT (y en todo caso si estos tienen una dotación de 50 o más funcionarios). Se garantiza además que habrá obligatoriamente al menos un área si la sección correspondiente del tribunal tiene doce o más jueces, pero se posibilita que puedan existir más áreas en función de otros parámetros. Esto permitirá optar voluntariamente a diferentes puestos de trabajo dentro de los centros de destino, mediante la participación en concursos de traslado o cualquier otro mecanismo ordinario o extraordinario de provisión, sin que nadie te pueda sacar de obligatoriamente ni darte funciones diferentes a las que se realizan en esa área o equipo.
También se identificarán a los mismos efectos los puestos pertenecientes a los servicios comunes de tramitación de la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales, diferenciándolos de los servicios comunes de los Tribunales de Instancia respectivos, a pesar de que según el art. 521 constituirán conjuntamente un único centro de destino.
El texto original del proyecto, dentro de los centros de destino no existía posibilidad de distinción de los puestos de trabajo en áreas o equipos, a efectos de su provisión, pues se constituían solo como áreas y equipos funcionales, en todo caso, de manera que dependía del LAJ director la adscripción a un área o equipo y por tanto la asignación de tareas.
Proceso de acoplamiento. El acoplamiento del personal a los futuros puestos de trabajo se hará primando la voluntariedad, sin que pueda producirse un cambio de localidad salvo voluntad expresa del personal afectado.
LOS SINDICATOS NO LEGISLAN. NEGOCIAN EN UN CONTEXTO DETERMINADO, LAS CONDICIONES LABORALES QUE PRETENDE IMPONER EL EMPLEADOR BUSCANDO MEJORAS EN LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
Es interesante resaltar, por otra parte, que el Congreso de los Diputados, que sí es quien legisla, ha aprobado esta Ley por mayoría absoluta (por ser ley orgánica), y que ha contado con el voto favorable de partidos como SUMAR, a quien el sindicato CCOO, apoya públicamente y en quien decía confiar para tumbar el proyecto. Si dicho partido no hubiera votado a favor, el proyecto no habría sido aprobado. Pero no solo no ha votado en contra, lo ha defendido abiertamente. Las críticas de CCOO son ficticias, no critican el proyecto, simplemente lo utilizan para arremeter contra el resto de organizaciones sindicales. La nueva reforma tiene su origen en la que tuvo lugar en 2003, APOYADA Y DEFENDIDA EXPRESAMENTE POR CCOO. Lo de hoy no es más que la culminación de aquella modificación de la LOPJ.
También es importante resaltar que el Grupo Popular, que sí ha votado en contra, no lo ha hecho por no estar de acuerdo con la reforma de la LOPJ que esta ley contiene, instaurando los tribunales de instancia y una transformación plena de la organización de la Administración de Justicia, con la que dicho partido está plenamente conforme -al igual que todas las CCAA donde gobierna-, sino porque el proyecto de ley incluye otras medidas ajenas a Justicia que dicha formación política no comparte.
LO LOGRADO CON EL ACUERDO DE GARANTÍAS SUSCRITO POR STAJ, EN LA SITUACIÓN EN LA QUE SE INICIA LA NEGOCIACIÓN, SUPONE LA MITIGACIÓN DE EFECTOS PERNICIOSOS QUE VENÍAN CON LA APLICACIÓN DE LA LEY DE EFICIENCIA, QUE EN SU TEXTO ORIGINAL CONSTITUÍA EL MAYOR ATAQUE QUE SE RECUERDE A LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA, CON POSIBLES PÉRDIDAS DE PUESTOS DE TRABAJO E INCLUSO DE RETRIBUCIONES.
Llega ahora el momento de la negociación de las Relaciones de Puestos de Trabajo, que obligatoriamente deberá respetar las garantías retributivas, de movilidad voluntaria y de diferenciación de puestos de trabajo recogidas en el Acuerdo. Solo esperamos que ahora todos los sindicatos representativos empujemos para lograr las mejores condiciones en esas RPTs para todo el personal de la Administración de Justicia. En STAJ, desde luego, lo haremos como siempre.
Médicos forenses: convocatoria de proceso selectivo
Gestión estabilización concurso: relación de aprobados
Hoy se publica en el BOE la relación de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo del Cuerpo de Gestión Procesal por el sistema de concurso.
Ayudantes de Laboratorio y Técnicos especialistas del INTCF: convocatoria de procesos selectivos
Hoy se publica en el BOE la convocatoria del proceso selectivo de los siguientes Cuerpos del INTCF:
Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
jueves, 19 de diciembre de 2024
Auxilio méritos estabilización: rectificación de erros en Cataluña
O Ministerio acaba de rectificar un erro material no ámbito territorial de Cataluña y publica novo listado de renuncias.