miércoles, 10 de abril de 2024

Imputación del incremento retributivo del 0,5 %

Desde STAJ hemos elevado consulta a Hacienda sobre a qué año debe de realizarse la imputación del incremento retributivo del 0,5%, y esta es la respuesta por parte de la Administración:

El incremento retributivo del 0,5% para el personal al servicio del sector público aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, (cobrado en la nómina de febrero y efectos económicos de enero de 2023) en aplicación de lo previsto en el articulo 19. Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2023, debe imputarse al ejercicio 2024 de conformidad  con la regla general de  imputación temporal de los rendimientos del trabajo recogida en el art. 14.1a) LIRPF, de tal manera que:
    
     Los perceptores deberán declararlo en  la autoliquidación del IRPF del ejercicio 2024 (a presentar en 2025).
    Los pagadores deberán declararlo en los Modelos 190 del ejercicio 2024 (a presentar en enero de 2025).

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