Los representantes del Consejo de la Abogacía Catalana,
del Consejo de Colegios de Procuradores de Cataluña y el departamento de
Justicia de la comunidad autónoma han acordado excluir a los ciudadanos,
personas físicas, y a las pequeñas empresas de la aplicación de la tasa para la
prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la
Administración de Justicia.
Este acuerdo ha sido posible después de
semanas de negociaciones, a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional
que avaló la aplicación de la tasa catalana. Se contempla también la ampliación
de los supuestos que quedarán exentos del pago de la tasa. Estos supuestos son
las demandas de ejecución, las reconversiones y las solicitudes de concurso.
Asimismo, a petición de los operadores
jurídicos, el departamento de Justicia ha acordado mantener la aplicación de un
descuento del 25% para favorecer la presentación telemática de demandas.
Las partes han llegado al acuerdo de
mantener el mínimo de 60 euros y el máximo de 120 euros en la aplicación de la
tasa catalana, muy lejos de los importes que suponen las tasas judiciales
impuestas por el Estado y que, en algunos casos, pueden llegar a los 10.000
euros.
