miércoles, 20 de noviembre de 2024

Últimos chamamentos de persoal interino

No día de hoxe a Dirección Xeral de Xustiza autorizou chamamentos de persoal interino para que presten servizos nos seguintes órganos que relacionamos por provincias:

A CORUÑA


PONTEVEDRA

OURENSE



STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Semanas grandes da provincia de Pontevedra 2025

No enlace que vos deixamos podedes acceder ó calendario das semanas grandes que elaborado pola Xunta de Persoal e co visto bo da Administración para as distintas localidades da provincia de Pontevedra que contan con xulgados onde prestan servizo o persoal da Administración de Xustiza.

Lembrade que durante eses cinco días, a xornada laboral é tan só de 5 horas, e realízase de 9-14 h. podendo superarse ese horario e así acumular horas para o horario flexible do mes correspondente.

No caso de ter recoñecida prolongación de xornada, para cumprir coa mesma hai que realizar cinco horas e media cada día.

Semanas grandes Pontevedra 2025


STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Notas de corte Tramitación concurso de méritos

Deixamos as notas de corte do concurso de méritos de tramitación, tra-la publicación onte dos listados coas puntuacións definitivas: 



Os recordamos que en las notas de corte referenciadas en las tablas anteriores no se han excluido a los que han obtenido plaza por el sistema del turno libre en la convocatoria anterior ni tampoco a los que se prevé que consigan obtener plaza en el proceso de Estabilización por el sistema de Concurso-oposición, así como las posibles renuncias que se puedan producir;  por tanto estos datos pueden experimentar variaciones. 

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Facultativos INTCF concurso y Forenses concurso oposición: listado de aprobados en el BOE

Hoy se publica en el BOE el listado de aprobados de Facultativos INTCF (estabilización-concurso) y de Médicos Forenses (concurso-oposición): 


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martes, 19 de noviembre de 2024

Gestión, Tramitación y Auxilio turno libre 2024: aplazados sin fecha exámenes de incidencias

Se han publicado en la página web del Ministerio de Justicia acuerdos de los TCU de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio por los que se aplazan nuevamente, y sin finar nueva fecha, los exámenes de incidencias que se habían fijado para el día 21 de noviembre, a causa de la DANA.


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Tramitación 2024: publicada la plantilla definitiva de respuestas


Acaba de publicarse en la página web del Ministerio el Acuerdo con las plantillas definitivas del examen de Tramitación Procesal del pasado mes de septiembre. 



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Estabilización concurso Tramitación: listas definitivas tras alegaciones

Se ha publicado el día de hoy en la página web del Ministerio de Justicia el Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se publican las listas definitivas con resolución de las alegaciones reflejada en su puntuación final.

ACUERDO

Una vez recibida la resolución de las alegaciones con su baremación de los Tribunales Delegados, así como resueltas las alegaciones por el TCU en sus ámbitos; se acuerda hacer pública las listas de resolución definitiva de alegaciones:

1º) Listas ordenadas alfabéticamente de las personas aspirantes con la resolución definitiva de sus alegaciones reflejada en su puntuación final.

2º) Listas de cada uno de los ámbitos territoriales con la resolución definitiva de las alegaciones, ordenadas por orden de puntuación final del concurso.


Os dejamos el enlace a la noticia completa:

Listas definitivas Tramitación estabilización concurso


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Nota informativa MUGEJU sobre asistencia sanitaria 2025 y 2026

En el día de hoy, Mugeju ha publicado en su página Web la siguiente información relativa al concierto sanitario para los años 2025 y 2026:

Información sobre el próximo concierto de asistencia sanitaria, actualizada a 18/11/2024

Desde la mutualidad ofrecemos la siguiente información sobre el próximo concierto de MUGEJU con las entidades de seguro de asistencia sanitaria:

Las entidades médicas DKV, SANITAS y MAPFRE han optado por no presentarse al próximo concierto sanitario de MUGEJU para los años 2025 y 2026 y, por tanto, las personas mutualistas adscritas a dichas entidades deberán solicitar el cambio de entidad durante el periodo ordinario del mes de enero.

DKV, SANITAS y MAPFRE prestarán asistencia sanitaria a las personas mutualistas que tengan adscritas hasta el 31 de enero de 2025. Las únicas excepciones a esta fecha son las descritas en la cláusula 8.1.2 del concierto actual, que dice lo siguiente:

“Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025, continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y uno de enero de 2025.

Además, si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria.”

Actualmente, conforme a las fases y plazos legalmente previstos, continúa, con las entidades que han participado en la licitación (SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA Y NUEVA MUTUA SANITARIA), la tramitación del procedimiento que resolverá la adjudicación del concierto de asistencia sanitaria para los años 2025 y 2026. Se dará puntual información por esta misma vía sobre la citada resolución.

Además, aclaramos que continúa en vigor el convenio de MUGEJU con el INSS para las personas que elijan el sistema público de salud.

Les informamos de que las entidades que finalmente sean las adjudicatarias del contrato por el que se apruebe el concierto deberán tener disponibles sus catálogos de servicios (catálogos de proveedores o cuadros médicos) a finales de diciembre de 2024, con el fin de que las personas mutualistas puedan consultarlos y decidir la entidad medica por la que quieren optar.

Os dejamos el enlace a la noticia:

Información próximo concierto de asistencia sanitaria



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Ayudantes de Laboratorio: Aspirantes aptos ejercicios 1y 2

Se ha publicado en el día de hoy en la página web del Ministerio de Justicia el Acuerdo del Tribunal calificador único por el que se publican las relaciones de aspirantes aptos y no aptos de los ejercicios 1 y 2.



STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Semanas grandes de Ourense 2025

Deixamos o calendario definitivo das semanas grandes aprobadas para a provincia de Ourense


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LAJ OEP 2024: negociación das bases da convocatoria



En el día de hoy 18 de noviembre ha tenido lugar mesa sectorial entre el Ministerio de Justica y las organizaciones sindicales representativas para abordar la negociación de las bases de la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia correspondientes a la Oferta de empleo público del año 2023 y 2024.

Con carácter previo, STAJ puso de manifiesto la problemática y el perjuicio que supone a los aspirantes de la convocatoria de LETRADAS Y LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero Promoción interna correspondiente a la oferta de empleo público del año 2022, el no incluir el número de plazas correctas en la convocatoria. 

No se respeta la reserva del 30% de las plazas que establece el art. 442.2 LOPJ, y esto supone que en vez de 33 plazas deberían de ofertarse 43, y todo ello en base a la reciente sentencia del Tribunal Supremo promovida por las asociaciones en la que se estima la modificación de los porcentajes de la OPE correspondiente al año 2023 al no cumplir la distribución correcta de las plazas de turno libre y interna.

 Tampoco en la fase de concurso se valoran los méritos de todos los aspirantes que han superado la fase oposición, lo que supone que el acceso sea solo oposición.

Respecto a estas cuestiones el Ministerio de Justicia se ha comprometido a estudiar la posibilidad de aumentar las plazas de 33 a 43, a lo que la próxima semana dará una respuesta.


En relación a la convocatoria acumulada del año 2023/2024:

para tratar futura convocatoria oposiciones LAJ, en las ofertas de empleo público acumuladas de 2023 y 2024.

El número de plazas que se pretende convocar asciende a un total de 406 plazas distribuidas de la siguiente forma:

Turno libre 268
Discapacitados turno libre 24
Promoción interna 105
Discapacitados turno P.I 9

Se prevé la convocatoria lo antes posible, la intención del Ministerio es convocar antes de finales de este año o, a principios del siguiente.

Desde STAJ se ha reclamado que el número de plazas que han de convocarse de promoción interna ha de ser del 50 %. Como acto de buena voluntad y teniendo en cuenta la inmediata modificación legislativa que va a determinar ese porcentaje para las futuras promociones internas en las distintas ofertas de empleo público que se convoquen en la Administración de Justicia. Fruto del acuerdo alcanzado, por este Sindicato, con la Administración el pasado mes de Julio. A este respecto la Administración ha manifestado su voluntad de consultar con función pública la posibilidad de realizar el cambio de oferta de plazas para esta misma convocatoria.
Se abre la posibilidad que los tribunales de oposiciones sean integrados por letrados de segunda categoría, lo que podría permitir (si bien para este proceso es muy difícil) descentralizar los ejercicios.

Se mantiene en el borrador la oralidad de los segundos ejercicios de ambos turnos. STAJ solicita la eliminación del examen oral en la promoción interna sustituyéndolo por un ejercicio escrito y/o tipo test con el fin de mejorar el acceso, ya que se trata efectivamente de una promoción interna.

 EL Ministerio de Justicia alega que se han cubierto todas las plazas en la última convocatoria y que el nivel de los opositores es adecuado a las exigencias del tribunal, por lo que no consideran necesaria su modificación.

STAJ sigue solicitando la reserva de nota para aquellos opositores que superen el 60% del primer ejercicio. El ministerio contesta que no es posible teniendo en cuenta el alto volumen de reservas de notas y las modificaciones reglamentarias y legislativas que actualmente se encuentran pendiente de aprobación
En la promoción interna y a petición de STAJ se elimina por fin la exigencia de pasar a la fase de concurso de tantos opositores como plazas se habían convocado, con lo que, la fase de concurso también forma parte del proceso de selección y a ésta concurrirán todos/as los opositores que hayan superado la fase de oposición, con independencia del número de plazas que se hubieren convocado. Esta es una reivindicación de STAJ desde hace muchos años, y por fin el Ministerio parece que entra en razón.

Van a estudiar en la fase de méritos revisar:
El valor al tiempo trabajado, si bien mantienen los 18 puntos, parece muy poco el valor que se le da a cada mes trabajado.
En cuanto a los idiomas se estudia valorar las lenguas cooficiales con méritos además de los de lengua extranjera. ,
Se estudiará valorar el expediente académico en la carrera de Derecho.
Otros.
- Publicación del Reglamento de Letrados A.J. antes que finalice el año: En la modificación se incluirá la reserva de plaza a los Gestores Procesales titulares que ocupen plazas de Letrado sustitutos.
- Se desconocen fechas sobre publicación del Decreto de sustituciones, ya que el mismo se encuentra paralizado ”sine die” por Hacienda.
- Se convocará con carácter inmediato concurso de traslados extraordinario para letrados de tercera categoría, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de revisión de categorías alcanzado con las asociaciones.
- A petición de los sindicatos, por la Administración se va a intentar recuperar con carácter extraordinario un concurso-oposición de estabilización para intentar no perder las 96 plazas que el Tribunal Supremo declaró anuladas en el proceso de estabilización solo concurso.
- Por el Ministerio se nos informa que el número de vacantes totales existentes a fecha 4 de octubre en el cuerpo de LAJ’S en todo el Estado ascienden a 608.
- Conforme a la petición de STAJ, próximamente se podrá visualizar en la página web del Ministerio de Justicia el estado de llamamientos de la Bolsa de Letrado Sustitutos dando así una publicidad en los llamamientos en cada una de las provincias.

Con respecto a los cuerpos generales, procesos de estabilización, concursos de traslados, etc., no se nos ha facilitado información alguna distinta de las ya conocidas.   

Accede á noticia en PDF


STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

lunes, 18 de noviembre de 2024

Estabilización Concurso-Oposición Médicos Forenses: Valoración definitiva méritos

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia Acuerdo del Tribunal Calificador por el que se publica la valoración definitiva de la fase de concurso para ingreso en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, así como la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1326/2022, de 28 diciembre.

Acuerdo valoración definitiva fase de concurso y aptos proceso selectivo

Anexo I Relación definitiva valoración de méritos fase de concurso

Anexo II Relación de opositores que superan el proceso selectivo_1326

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MESA DE FORMACIÓN PARA O ANO 2025

Hoxe, tivo lugar a Mesa de Formación entre a Administración de Xustiza e as organizacións sindicais. Segundo a información que nos trasladou a Dirección Xeral de Xustiza, pasámosvos a resumir a proposta formativa para o ano 2025:

Por parte do STAJ, comezamos expoñendo a gran problemática que existe polo escaso número de prazas e edicións dos cursos de linguaxe galega media e superior xurídico tanto para xente destinada dentro como fóra de Galicia. Coméntannos que hoxe mesmo van manter unha reunión coa EGAP para tratar este tema, sendo moi optimistas, e estimando que o próximo ano poidan aumentar esta formación.

-Van aumentar nunha edición os cursos cuxa taxa de demanda é superior a 2%.

-Manterán as edicións dos cursos que estean entre 1 e 2% da cociente.

-A intención da DXX é non suprimir ningún curso, mesmo se a taxa é inferior ao 1%, reducindo neste caso o número de edicións.

-Seguiranse dando cursos sobre reformas procesuais.

-Respecto a os cursos do Imelga, expoñen que a taxa de demanda foi moi baixa debido a que a formación era presencial, entendendo que deben ofertala en modo de teleformación ou tele-presenza.

NOVOS CURSOS:

-Reformas lexislativas segundo Real Decreto 6/2023 de medidas urxentes para a execución do Plan de Recuperación, Transformación e Resiliencia en materia de servizo público de xustiza, función pública, réxime local e mecenado.

-Dereito de Defensa.

-Nova Oficina Xudicial.

Por parte do STAJ volvemos reiterar:

TITORES/AS: -Solicitamos formación adecuada e constante para o persoal interino que nunca traballou ou que cambia de xurisdición. Igualmente, formación para a xente titular que veña en concurso de traslados doutra CC.AA., ou que cambie de xurisdición por motivo do concurso, da adxudicación dunha comisión de servizos e/o substitución entre titulares. Neste punto, preguntamos á DXX pola denegación na actualidade da gran petición de titorías que se fan en relación ás autorizadas ao principio do seu establecemento, contestándonos o director xeral que esta formación mediante prolongación de xornada e nomeamento de titor/a foi regulada para persoal interino que nunca traballou, e non para cambios de xurisdición, podendo estudarse a súa ampliación neste aspecto na próxima mesa correspondente.

-Cursos sobre as aplicacións informáticas de MINERVA, Fidelius, VISOR, Videoconferencias etc.

-Cursos ON-LINE de preparación dos temarios e dos exercicios dirixidos a superar as probas da oposición para a promoción interna e a quenda libre de forma totalmente gratuita. STAJ seguirá insistindo en demandar esta formación de oposicións que se imparte noutros territorios.

-Cursos sobre as reformas procesuais que se vaian producindo en tódolos órdenes xurisdicionais, debendo, cando haxa tempo, impartirse con carácter previo a súa entrada en vigor. 

-CURSOS DE IDIOMAS, (inglés, francés, portugués, alemán e lingua de signos), pero específicos para Xustiza, dado que o número de prazas e edicións ofertadas para toda a Administración pública de Galicia é do todo insuficiente.

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Otro retraso más en el concurso de traslados.

A  mediados de octubre, ya con meses de retraso, el Ministerio  pidió a las Comunidades Autónomas las plazas vacantes para la publicación del concurso de traslados de este año, dándoloe de plazo hasta el 31 del mismo mes para su envió, y con la idea de publicar el concurso en el BOE entre la primera y segunda semana de noviembre.
Entrados ya en la  tercera semana de noviembre,  ni se  ha publicado el concurso, ni tenemos fecha de su posible publicación, por lo que una vez más el Ministerio de Justicia saca previsiones y fechas  sin la menor voluntad de cumplirlas y actúa como si no le importase nada que el retraso acumulado, inasumible para STAJ, nos lleve a la publicación casi finales de año.
Se excusan en que, primero, fue la Comunidad Valenciana la que les envió las plazas ocho dias fuera del plazo marcado, y ahora dicen que Cataluña aún les va a enviar las plazas hoy, por lo que nos tememos que, con suerte, hasta los últimos dias de noviembre no haya concurso.


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viernes, 15 de noviembre de 2024

Procesos selectivos de estabilización de concurso de méritos y concurso oposición

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la siguiente nota informativa relativa al concurso de méritos y concurso oposición de los diferentes procesos selectivos de estabilización (cuerpos generales y especiales):

"En relación con las dudas que han surgido sobre sobre la última fase de las convocatorias de estabilización, se informa de lo siguiente:

1.-Las convocatorias que se van a resolver en primer lugar son las de concurso. Por ello, las personas opositoras que han aprobado ambos procesos (tanto concurso como concurso-oposición) deberán necesariamente optar poruno de ellos comunicando al Tribunal Calificador su renuncia a la que no opten.

2.-De acuerdo con los requisitos de participación que figuran en todas las bases para poder ser nombrado funcionario de carrera, es imprescindible no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa, que está establecida en la actualidad en 65 años para el régimen de clases pasivas y de 66 años y 6 meses para el régimen general. En este sentido,los interesados comunicaránal tribunal correspondiente cuandose encuentren en esa situación.

3.-Para agilizar los nombramientos y poder agilizar la incorporación de los nuevos aspirantes a las relaciones de propuestas de nombramientos, las renuncias por cualquier causa deben enviarse lo antes posible a las siguientes direcciones de correo indicando en el asunto el cuerpo por el que concurre:"

  

Enlace a las diferentes convocatorias:

MÉDICOS FORENSES CON.OPOSICIÓN 2022



STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Regulación básica del teletrabajo a nivel nacional.

Aunque en un primer momento, después de un vistazo muy rápido al texto de 279 páginas aprobado ayer por el Congreso, no encontramos la regulación basica del teletrabajo en la Ley de Eficiencia, SI SE REGULA, en los términos que siguen.

La regulación básica a nivel nacional del teletrabajo en la Administración de Justicia se ha introducido en una disposición adicional (la décima) en la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia aprobada en el día de ayer por el Congreso de los Diputados, por lo que a partir de su entrada en vigor, corresponde a las Comunidades Autónomas, previa negociación con los sindicatos, desarrollar esa normativa y aprobarla definitivamente.  

A continuación os dejamos la disposición adicional décima que regula el teletrabajo en la Ley de Eficiencia:

Disposición adicional décima. Regulación básica sobre teletrabajo en el ámbito de la Administración de Justicia.

 1. Se considera teletrabajo aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.

 2. La prestación de los servicios en la modalidad de teletrabajo tiene carácter voluntario y reversible y deberá ser expresamente autorizada por la Administración competente en cada caso concreto. Además, será compatible con la modalidad presencial. Se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo de esta norma, siendo objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.

 3. Se consideran puestos susceptibles de teletrabajo aquellos en los que la modalidad de servicios descrita en los apartados anteriores pueda ser ejercida a distancia, conforme a lo dispuesto en la presente disposición. El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento.

 4. Con carácter general, y sin perjuicio de circunstancias excepcionales determinadas por la Administración competente, únicamente podrá autorizarse esta modalidad de prestación de servicios respecto de los puestos susceptibles de teletrabajo. No podrán ser ejercidas mediante la modalidad de teletrabajo las siguientes funciones que estén asociadas a determinados puestos:

a) Aquellas funciones cuya prestación efectiva solo quede garantizada con la presencia física de la persona funcionaria en el centro de trabajo. 

b) Los servicios y funciones habituales de los juzgados en turno de guardia que requieran la presencia física de la persona funcionaria.

 5. Para la prestación de los servicios en esta modalidad se utilizarán los medios tecnológicos y electrónicos definidos y proporcionados por la Administración competente que, sin alterar la prestación del servicio público de Justicia, ni los procedimientos y la gestión del trabajo de otros órganos afectados, garanticen el canal de comunicación y los protocolos de seguridad tecnológica admitidos.

6. Las personas funcionarias que soliciten prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo deberán encontrarse en servicio activo en la Administración de Justicia y contar con el tiempo de servicios continuados en el mismo juzgado, fiscalía, servicio o unidad que, previa negociación con las organizaciones más representativas, se determine por la Administración competente en materia de Justicia. Esa antigüedad en el puesto no será necesaria cuando se acredite la experiencia suficiente y adecuada por razón de la ocupación de puestos en anteriores centros de destino del mismo orden jurisdiccional, o de similar contenido competencial, acreditada por la Administración Pública con competencias en materia de personal.

 7. Las personas que desarrollen el contenido competencial del puesto de trabajo en la modalidad de teletrabajo, tendrán los mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, que las que lo desarrollen de manera presencial.


STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Ley que regula los Tribunales de Instancia: sus aspectos más importantes.

En el día de ayer el Congreso de los Diputados ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que será remitido al Senado, que de no alcanzar la mayoría suficiente, volverá al Congreso para su definitiva aprobación.

Gracias al acuerdo alcanzado por STAJ con el Ministerio de Justicia  a mediados del pasado mes de julio se han mitigado los aspectos mas perjudiciales de la norma. Resumimos a continuación los principales aspectos del acuerdo:

Promoción interna. Se eleva del 30% al 50% la reserva de plazas para la promoción interna.

Teletrabajo. Se incluye una regulación básica como Disposición adicional en la ley de eficiencia (Viene regulado en la disposición adicional 10ª de la presente Ley). . Esto permitirá su desarrollo en todos los ámbitos territoriales, por lo que ya no podrán ampararse en que no hay regulación estatal, para seguir negándola.

Carrera profesional. Se convocará mesa sectorial durante el primer semestre de 2025 para proceder a la negociación del Real Decreto que la regule en aplicación del artículo 519.3 de la LOPJ a nivel nacional.

Registro Civil. Se procederá a la negociación de las RPTs de las oficinas del Registro Civil, incluido el Registro Civil Central, y se negociará con los sindicatos los aspectos del Reglamento del Registro Civil que afecten a condiciones de trabajo del personal.

Revisión grupo IV (Juzgados de Paz). Se negociará durante el segundo semestre de 2025 la revisión del grupo IV (actuales Juzgados de Paz) con objeto de eliminar las diferencias retributivas con el resto de grupos.

En materia de Ley de eficiencia y oficinas judiciales, estos son los logros del Acuerdo firmado por STAJ y que se ven reflejados en el texto de la norma aprobada por el Congreso:

Obligación de negociar las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs) de las nuevas oficinas. Se producirá una vez se constituyan los Tribunales de Instancia. Dichas oficinas solo se podrán poner en marcha una vez acoplado el personal a los nuevos puestos, tras ese proceso negociador. En el proyecto original se contemplaba la transformación automática, sin negociación.

Plantillas. Se garantiza que las plantillas y RPTs vigentes (donde las haya), más las plazas que se puedan crear hasta el acoplamiento por consolidación de refuerzos, no sufrirán amortización alguna.

Retribuciones complementarias fijas. Se garantiza el mantenimiento de las retribuciones complementarias fijas sea cual sea su cuantía y concepto, aunque el personal con ocasión del proceso de acoplamiento no pudiese ser confirmado en un puesto con similares características y pasase a ocupar un puesto genérico con retribuciones complementarias inferiores. Esas retribuciones no pueden ser objeto de compensación ni absorción y se mantienen mientras no se produzca un cambio de puesto de forma voluntaria.

Guardias. Se garantiza que el personal que venga realizando guardias continúe realizándolas (y cobrándolas) con la misma frecuencia con que las viene realizando ahora, mientras no cambie voluntariamente de puesto, y aunque en el acoplamiento no fuere confirmado en un puesto que la lleve aparejada, en contra de su voluntad.

Estructura de la oficina judicial. A efectos de provisión de puestos y asignación de funciones, se garantiza que en las RPTs los puestos de trabajo se identificarán según el centro de destino a que pertenezcan y dentro de ellos a las áreas que se constituyan dentro de los servicios comunes (con independencia de su número de efectivos), así como a los equipos según se determine en la RPT (y en todo caso si estos tienen una dotación de 50 o más funcionarios). Se garantiza además que habrá obligatoriamente al menos un área si la sección correspondiente del tribunal tiene doce o más jueces, pero se posibilita que puedan existir más áreas en función de otros parámetros. Esto permitirá optar vountariamente a diferentes puestos de trabajo dentro de los centros de destino, mediante la participación en concursos de traslado o cualquier otro mecanismo ordinario o extraordinario de provisión, sin que nadie te pueda sacar de obligatoriamente ni darte funciones diferentes a las que se realizan en  esa area o equipo.

También se identificarán a los mismos efectos los puestos pertenecientes a los servicios comunes de tramitación de la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales, diferenciándolos de los servicios comunes de los Tribunales de Instancia respectivos, a pesar de que según el art. 521 constituirán conjuntamente un único centro de destino.

El texto original del proyecto, dentro de los centros de destino no existía posibilidad de distinción de los puestos de trabajo en áreas o equipos, a efectos de su provisión, pues se constituían solo como áreas y equipos funcionales, en todo caso, de manera que dependía del LAJ director la adscripción a un área o equipo y por tanto la asignación de tareas.

Proceso de acoplamiento. El acoplamiento del personal a los futuros puestos de trabajo se hará primando la voluntariedad, sin que pueda producirse un cambio de localidad salvo voluntad expresa del personal afectado.

Lo logrado es sumamente positivo por lo que supone la mitigación de los perniciosos efectos que iba a suponer la aplicación de la ley de eficiencia, que en su texto original constituía el mayor ataque que se recuerde a los derechos de los funcionarios de Justicia, con posibles pérdidas de puestos de trabajo e incluso de retribuciones.

STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Médicos Forenses. Aspirantes que han aprobado el proceso selectivo extraordinario. Turno Libre.

Hoy se publica en el BOE la Orden PJC/1278/2024, de 11 de noviembre, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, por el sistema selectivo de concurso, convocado por Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre.



STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Aspirantes que han superado el proceso selectivo. Turno libre.

Hoy se publica en el BOE la Orden PJC/1277/2024, de 7 de noviembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para acceso por el turno libre, por el sistema selectivo de concurso, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1321/2022, de 28 de diciembre.



STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras

Tramitación Procesual. Posto polo sistema de libre designación na Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes.

Hoxe publícase no DOG a ORDE do 5 de novembro de 2024 pola que se anuncia a convocatoria pública para a provisión, polo sistema de libre designación, dun posto de traballo vacante nesta consellería.

As solicitudes deberanse presentar no prazo de quince (15) días hábiles contados a partir do día seguinte ao da publicación desta convocatoria no Diario Oficial de Galicia.

Denominación do posto: secretario/a da Fiscalía Superior.

Código do posto: PR.C99.10.006.15001.002.

Corpo ou escala: xeral/tramitador procesual e administrativo.

Grupo/subgrupo: C1 C2.

Nivel: 20.

Tipo de adscrición: A13 (adscrición indistinta a funcionarios da Xunta de Galicia, Estado e CC.AA. e Administración de xustiza).

Formación específica: 640 para persoal doutra Administración, curso de perfeccionamento de galego (R.I.).

Centro directivo ou dependencia: Unidade de Apoio á Fiscalía Superior.

Localidade: A Coruña.

VER DOG


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jueves, 14 de noviembre de 2024

Aprobada la ley que crea los tribunales de instancia

El Congreso ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que será remitido al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria. Junto con el dictamen de la Comisión de Justicia, se votaron las enmiendas de los grupos, de las que se aprobaron de las que se aprobaron la 740, 768, 775 y 776 del Grupo Parlamentario Mixto; la enmienda 539 del Grupo Vasco (EAJ-PNV); el voto particular número 1 del Grupo Socialista a la enmienda número 228 del Grupo Socialista y trece correcciones técnicas.

El texto ha salido adelante por 180 votos a favor y 167 en contra, habiendo recibido 179 votos a favor y 168 en contra en la votación final de conjunto necesaria al tratarse de una ley orgánica, en la que se debía obtener, como señala el artículo 81.2 de la Constitución, mayoría absoluta.

Según la exposición de motivos, el texto “trata de afianzar que el acceso a la justicia suponga la consolidación de derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas, que su funcionamiento como servicio público se produzca en condiciones de eficiencia operativa; y que la transformación digital de nuestra sociedad reciba traslado correlativo en la Administración de Justicia”. 

Este proyecto de ley orgánica, antes denominado Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y de  acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, suscribe que es “necesario” para ello “adaptar las estructuras de la Justicia” para “hacer frente a las dificultades en el desenvolvimiento normal de los juzgados y tribunales; para poder superar el enorme reto de ofrecer un servicio público eficiente y justo a la ciudadanía; y, finalmente, para incorporar los valores, de solidaridad y de humanismo entre los que la Justicia es la espina dorsal y el elemento imprescindible de la paz social”.

El proyecto de ley orgánica se estructura en dos títulos. En primer lugar, se contemplan medidas para la reforma organizativa de la Administración de Justicia en todos sus ámbitos, mediante la creación y constitución de los Tribunales de Instancia y la devolución de los Juzgados de Paz a modernas Oficinas de Justicia en los municipios que busca “dotar al Servicio Público de Justicia de medidas dirigidas a acometer de forma decidida la introducción y potenciación en nuestro ordenamiento jurídico de medios adecuados de solución de controversias alternativos a la jurisdicción” y “afronta la reforma de la legislación que permita la agilización de los procesos judiciales y la mejora de su eficacia”.

Por otro lado, el segundo título aborda las medidas en materia de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia y de tutela judicial colectiva de los derechos de los consumidores y usuarios. El texto plantea así “crear un marco normativo adecuado, integrado y concreto para la protección de los consumidores y usuarios”.

El dictamen de la Comisión de Justicia, aprobado el pasado 4 de noviembre, también incluye la modificación de los artículos 19 y 45 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa así como la introducción de una disposición final nueva, por lo que se introduce una nueva disposición adicional cuarta en la Ley 42/1998 sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias. 

Por otra parte, el texto incluye además una disposición final decimosexta que modifica la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para suprimir los artículos 63, 64, 65, 66 y 67, que permitían solicitar el visado de estancia a los extranjeros no residentes que se propusieran entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital. 

También introduce dos disposiciones transitorias para que aquellos que la hayan solicitado con anterioridad a la entrada en vigor de esta disposición transitoria podrán recibir el visado así como que la validez de los visados a la fecha de la entrada en vigor de esta disposición transitoria, la conservarán.

Tramitación parlamentaria

Tras superar el debate de totalidad, celebrado el pasado 11 de julio, en el cual se rechazó la enmienda de devolución del Grupo Popular, el 4 de noviembre tuvo lugar el debate y aprobación del dictamen de la Comisión de Justicia compuesto por el informe de la ponencia y las enmiendas aprobadas. Así, el proyecto de ley orgánica se ha sometido al debate y votación en Pleno del dictamen y las enmiendas al articulado no incorporadas en fase de ponencia y que los grupos parlamentarios han decidido mantener vivas. 

Una vez superada la fase de debate y votación en el Pleno, el proyecto de ley se remite ahora al Senado. Allí, la Cámara alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para proseguir con su tramitación.


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