domingo, 28 de junio de 2020

Negociación del plan de actuación COVID-19



  1. las medidas a aplicar se determinarán con los datos de cargas de trabajo de los órganos judiciales correspondientes al 2019 . DURACIONdel 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2020.
  2. Una vez se disponga de datos correspondientes a la incidencia real de la crisis del COVID-19, se adaptarán las medidas ya aplicadas o se desarrollarán otras en función de tales datos. DURACIONdel 1 de enero al 30 de junio de 2021
Durante todo el plan se prevé conjugar medidas ordinarias de incentivación y refuerzo así como el aprovechamiento de las funciones de refuerzo de todo el personal en prácticas.
  • Aprovechar la posibilidad de establecer órganos judiciales especializados y transversales que actúen de forma colegiada, anticipando la posible estructura de los tribunales de instancia o la atribución a los refuerzos, en el ámbito de lo mercantil, de las materias no concursales, para permitir que los Magistrados y Letrados de la Administración de Justicia especialistas centren su actividad en la resolución de concursos.
  • En el ámbito social, se asignarán los refuerzos para asuntos de despido a fin de dar respuesta al incremento de este tipo de procedimientos para paliar el retraso en la tramitación y la consiguiente repercusión para el Ministerio de Justicia en concepto de salarios de tramitación.
En ambos casos,  se tendrá en cuenta el impacto que supone tanto la puesta en marcha de los órganos judiciales pendientes de entrada en funcionamiento como la creación de 23 unidades judiciales asociadas al COVID-19 correspondientes a la programación 2020. Y también se realizará una revisión de los refuerzos y planes de actuación actualmente existentes en las referidas jurisdicciones. 


 La determinación de las medidas a adoptar se concretarán con arreglo a los siguientes criterios: 

  • Estableciendo diferentes tramos de actividad en función de distintos niveles de carga de trabajo. 
  •  Ordenando los órganos judiciales de las jurisdicciones mercantil, social y contencioso-administrativo en los diferentes tramos en función de sus respectivas cargas de trabajo. 
  • Asociando las medidas que suponen apoyo de personal a las situaciones de mayor sobrecarga y medidas de incentivo para las situaciones de menor sobrecarga.
Las medidas, en cada partido judicial, jurisdicción y juzgado concreto, podrán ir adaptándose conforme se vaya conociendo el aumento de dichas cargas reales. 

Mañana lunes ampliaremos información al respecto de este plan de actuación con relevancia a nivel nacional y de los que ocurra en la reunión a la que estamos citados con el Ministerio.

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