miércoles, 3 de junio de 2015

El Gobierno rectifica y retira al Fiscal la exclusividad de solicitar prórrogas a la duración de la instrucción penal.

El PP ha dado marcha atrás en su iniciativa de dotar a la Fiscalía en exclusiva de la "llave" para controlar la duración de las causas penales en virtud del nuevo Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El Ministerio Público ya no será la única parte que podrá solicitar prórrogas al plazo que establece la nueva norma para las instrucciones, de seis meses para procedimientos sencillos y de 18 para los complejos con posibilidad de ampliarlo hasta los 36.
Los 'populares' han aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados una transaccional junto a CiU en la que amplían al resto de personados en el procedimiento la posibilidad de pedir un ampliación del tiempo.
La Ley de Enjuiciamiento mantiene, sin embargo, que no podrá ser el juez, de oficio, quien ordene la ampliación del plazo necesario para instruir. Los nuevos plazos sustituyen "al inoperante plazo de un mes", previsto en la actual Lecrim para la instrucción de los procedimientos, por plazos "realistas", transcurridos los cuales se deberá decidir si se continúa el procedimiento en fase intermedia o se dicta el sobreseimiento libre o provisional.

Es decir, si a la finalización del plazo máximo de 18 meses para causas complejas el fiscal, el resto de acusaciones o las defensas no solicitan la prórroga de las actuaciones, el juez se verá obligado a elevar la causa para su enjuiciamiento o a archivarla.
CAUSAS EN CURSO
Además, la norma se acompañará de una disposición transitoria que ampliará la aplicación de estos plazos a las causas que ya estén curso. En todo caso, el tiempo de instrucción "límite" comenzará a correr a partir de la publicación en el BOE de la norma y no se tendrá en cuenta cuantos meses o años se hayan dedicado a la investigación penal hasta ese momento.

La norma considera como "complejos" los delitos cometidos por grupos u organizaciones criminales, los que tengan por objeto numerosos hechos punibles, involucren a gran cantidad de sujetos pasivos o de víctimas, exijan la realización de pericias que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis, impliquen realizar actuaciones en el extranjero, precisen revisar la gestión de personas jurídicas privadas o públicas, o sean por terrorismo.
ver original en diariodenoticias.laley.es