lunes, 26 de mayo de 2014

STAJ gana dos sentencias en relación al pago de gastos y salarios en los cursos teoricos-prácticos

En el primer caso. se trata de un funcionario que estando prestando servicios como Auxilio Judicial en Andalucía, aprueba las oposiciones de Tramitación por el ámbito de Madrid por lo que solicita el permiso para realizar el curso selectivo de Tramitación (la licencia por estudios). 
Durante el periodo del curso, que dura diez días hábiles y comienza un lunes y termina el viernes de la semana siguiente, el abono de sus retribuciones corresponde a la Comunidad de Madrid. Andalucía le vuelve a dar de alta, a efectos económicos y administrativos, el lunes de la semana siguiente a finalizar el curso, pretendiendo ahorrarse los dos días del fin de semana, tanto a efectos de salario como de cotizaciones sociales.
STAJ interpuso demanda por entender que estos 2 días debe abonarlos la Comunidad de Andalucía, y el juzgado ha dado la razón al STAJ, "...reconociendo como situación jurídica individualizada del actor el derecho a la reincorporación al servicio activo con efectos personales, económicos y administrativos de 27 de octubre de 2012 todo ello con condena a la administración a la realización de los actos que den pleno reconocimiento de dicha situación y al pago de las costas procesales. "

La Justicia obliga a la Junta de Andalucia a abonar dietas y desplazamientos a un funcionario que promocionó en otro ámbito territorial,

El servicio jurídico de STAJ gana una sentencia que condena a la Administración a abonar los gastos de desplazamiento y las dietas durante la celebración del curso selectivo.a un funcionario del cuerpo de Tramitación, destinado en Andalucía, que aprueba las oposiciones de Gestión por promoción interna en el ámbito de Canarias, en cuyo ámbito se celebra el curso.
Esta cuestión, que es bastante polémica porque las Administraciones siempre tratan de no pagar pasándose unas a otras la pelota, queda zanjada en esta sentencia, que condena a la Administración al abono de todas las dietas, gastos de desplazamiento, y los intereses.