Los órganos judiciales podrán notificar las
resoluciones que dicten, pero en los procedimientos no declarados esenciales la
notificación no dará lugar al levantamiento de los plazos suspendidos.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial ha acordado hoy autorizar a los órganos judiciales la adopción de las
medidas necesarias para proceder a la notificación de las resoluciones que
dicten en los procedimientos en curso, tanto si se trata de los declarados
esenciales como si forman parte de cualquier otro, y tanto si se trata de
resoluciones de trámite como de las que ponen fin al procedimiento.
Esas notificaciones, así como los actos procesales que
sean objeto de las mismas, se realizarán en todo caso de forma telemática,
salvo que por circunstancias excepcionales el órgano judicial o el destinatario
del acto de comunicación no disponga de medios materiales para ello.
Por otra parte, La Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial ha acordado hoy la remisión de trece propuestas al Ministerio de
Justicia para que este estudie su posible inclusión en el Real Decreto-ley de
medidas urgentes para la Administración de Justicia en relación con la gestión
de la pandemia de coronavirus COVID-19 que prepara el Gobierno.
La remisión de las propuestas, algunas de las cuales
figuraban en el primer documento de trabajo para el plan de choque en la
Administración de Justicia tras el estado de alarma, responde a una petición
urgente que Justicia formuló el pasado viernes a los vocales que forman parte
de la Comisión Mixta constituida entre ese departamento y el CGPJ.
Ver Resolución del CGPJ
Ver Resolución CGPJ
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