miércoles, 17 de junio de 2015

Tramitación en el OPAX de permisos electorales.

Respecto a los permisos motivados por la celebración de las elecciones sindicales, como se acordó en Mesa, para interventores y miembros de mesa el dia de la votación se gestionará como un PERMISO POR DEBER INEXCUSABLE.

A la vista de la RESOLUCIÓN do 25 de maio de 2015, da Dirección Xeral de Xustiza, pola que se establecen os permisos retribuídos de que poden gozar os electores a órganos de representación de persoal da Administración de xustiza en Galicia que exerzan o dereito de voto o vindeiro día 18 de xuño,  publicada este lunes en el DOG, desde la DX Xeral de Xustiza se entiende que:

En cuanto a las horas de libranza del día posterior para INTERVENTORES y MIEMBROS DE LA MESA: Permiso por ausencia del puesto de trabajo por 5 horas.

En cuanto a las horas para ir a votar para FUNCIONARIOS QUE EJERZAN SU DERECHO A VOTO, entendemos que se trataría igualmente de Permiso por ausencia del puesto de trabajo por el tiempo indicado. Adjuntar certificado justificativo de haber ido a votar