
El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción:
" Por asuntos particulares, cuatro días cada año".
La Disposición final séptima establece
que esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado.