En el BOE del sábado 28 de junio se ha publicado la Instrucción 1/2025, de 27 de junio, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, para la coordinación de la actividad dela Oficina judicial con los órganos judiciales.
Se trata de una norma que influye en el trabajo del día a día de los LAJs pero también en el de los funcionarios de los cuerpos generales, por lo que recomendamos su lectura, si bien, parte de lo que establece esta instrucción ya tiene reflejo en los protocolos delos Tribunales de Instancia de la fase I que ya se han publicado.
Establece que los secretarios coordinadores dictarán protocolos para organizar al personal y que estos protocolos podrán ser desarrollados por el/la LAJ director/a del Servicio común de tramitación. Además, el/la LAJ director/a del servicio común de tramitación junto con la Presidencia el Tribunal de instancia elaborarán un documento de coordinación entre el Tribunal de Instancia (los jueces) y la oficina judicial (LAJs y cuerpos generales). Los/as LAJs deberán actuar según lo que prevean los protocolos de sus superiores.
Se distingue entre asistencia a los jueces en general, que se presta por todos los servicios comunes y el apoyo directo a los jueces. El artículo que regula el apoyo a los jueces establece que, cuando la Oficina judicial preste soporte y apoyo a cinco o menos plazas judiciales, las actividades y tareas de coordinación serán asumidas por todo el personal destinado en los correspondientes servicios comunes. Cuando el servicio común asista a seis o más plazas judiciales, se asignará al apoyo a jueces, juezas, magistrados y magistradas al menos un puesto de personal funcionario más otro adicional por cada cinco plazas judiciales existentes. Es decir, existirán puestos que presten apoyo directo a los jueces, si bien, estos puestos no vienen reflejados en las RPTs ni conllevan distinta remuneración.
En cuanto a los servicios de guardia, se procurará que se presten en un espacio físico diferenciado cuando sea posible. El/la LAJ director/a del Servicio Común de tramitación se encargará de que la guardia se preste por personal suficiente y elaborará el turno de las guardias.
Se establece la obligatoriedad de que la dación de cuenta se realice a través del sistema informático, si dicho sistema informático lo permite.
El personal de los Servicios comunes auxiliarán a los jueces para la realización de los señalamientos. Además, por los servicios comunes se tendrá que realizar una nota de constancia del funcionario o funcionaria responsable sobre la correcta realización de las citaciones necesarias y sobre la incorporación de toda la documentación necesaria para la correcta declaración o vista señalada que se elaborará bajo la dirección y supervisión del letrado o letrada de la Administración de Justicia competente.