martes, 11 de julio de 2023

STAJ solicita la concesión del permiso parental de ocho semanas

El pasado día 29 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

Este Real Decreto-Ley modifica nuestro régimen jurídico en relación a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y  cuidadores;  aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/20015, de 30 de octubre, para introducir modificaciones en el régimen de permisos.

Entre ellos figura el Permiso Parental de hasta 8 semanas, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan. No se puede transferirse su ejercicio. Se solicitará con una antelación de quince días y  se realizará  por semanas completas.

Este permiso trae causa de la Directiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo de 20 de junio de 2019  y se encuentra recogido en los artículos 5, 8.3 y 20.2 de la misma.

A día de hoy pese a su publicación en el BOE  y en la intranet de xustiza, así como la  modificación del artículo 49 del EBEP seguimos teniendo dudas que consideremos deberán ser aclaradas a la mayor brevedad por parte de esa DXX:

             1º-Que este permiso es retribuido sin necesidad  de desarrollo reglamentario y por lo tanto no tendremos que esperar a la fecha  máxima de dos de agosto de 2024 tal como establece la Directiva.

            -2º-Que está  en vigor pudiendo ya hacer uso de el de forma remunerada.

De no hacerlo así, pese a su publicación en el Boe y en la intranet de xustiza, menores que ahora cumplan los ocho años, perderían el derecho a su disfrute como consecuencia de la inacción de la Administración.

El motivo de que no se puedan solicitar a través del OPAX como los demás permisos no cierra la posibilidad de que se pueda hacer por email o por la sede electrónica,  acreditando la circunstancia  con el libro de familia.

Por todo lo anterior, desde STAJ, solicitamos que se disponga lo necesaria para  que se pueda disfrutar el PERMISO  PARENTAL remunerado   de hasta ocho semanas, dado que en este momento los menores están de vacaciones, sus progenitores trabajando viéndose en la obligación de acudir a los abuelos o a campamentos de verano allí donde existan.

Justificante presentación

STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras