miércoles, 7 de diciembre de 2022

STAJ reclama a Mugeju el incremento del 1.5% en las prestaciones por incapacidad temporal.

Los compañeros/as que perciben el subsidio por incapacidad temporal a cargo de  la Mutualidad Judicial  no han visto en sus nóminas reflejado el incremento del 1.5% alegando Mugeju que precisan “ nuevas certificaciones”  para proceder al mismo.

El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público en su artículo 23  regula el  incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público para el año 2022.

Según el mismo las retribuciones del personal al servicio del sector público experimentarán un incremento adicional del 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021 con efectos retroactivos a 1 de enero de 2022.

Ese incremento adicional se efectuará en los mismos términos dispuestos por el artículo 19.Dos, y seguirá las siguientes reglas:

 Se aplicará sobre las retribuciones vigentes el 31 de diciembre de 2021, de forma que la suma de ambos consolidará, en todo caso, un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2022 del 3,5 por ciento.

 Se materializará en la nómina del mes de noviembre de 2022, abonándose como atrasos el incremento correspondiente a los meses de enero a octubre de este año.

 En el ámbito de las comunidades autónomas y entidades locales se tendrá que materializar el pago antes del 31 de diciembre de 2022 y, en todo caso, con anterioridad al 31 de marzo de 2023.

Las distintas Comunidades Autónomas con competencias en medios personales dictaron “ órdenes de confección de nóminas” las cuales son de público conocimiento al haberse publicado en sus diarios oficiales.

La publicación anterior debiera ser más que suficiente para que en base a la misma se procediese a abonar el 1.5% de las cantidades atrasadas por Mugeju  y mantenerlas actualizadas a partir del próximo mes.

 Por todo lo anterior desde STAJ interesamos que se acuerden todas las medidas precisas para que los funcionarios de la Administración de Justicia  independientemente en donde se encuentren destinados vean en sus nóminas reflejado el incremento  del 1.5% de todas aquellas cantidades percibidas en concepto de subsidio por incapacidad temporal así como las que se devengarán en un futuro.  


STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras