Hoy
se publica en el BOE la Orden JUS/549/2022, de 13 de junio, por la que se
modifican la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso
selectivo para acceso por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, y la Orden JUS/242/2022, de 24
de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción
interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia; y se hacen públicos los Tribunales calificadores
únicos de ambos procesos y se declara la inhabilidad de los meses de julio y
agosto.
En
consecuencia, este Ministerio acuerda:
Primero. Modificar el anexo II (Programa) de
la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo
para acceso por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, en el siguiente sentido:
a) En el tema 8, el epígrafe «El proceso
especial para la incapacitación de las personas: Competencia; legitimación;
personación del demandado; especialidades procedimentales; la Sentencia. La
reintegración de la capacidad y la modificación del alcance de la sentencia de
incapacidad» queda sustituido por el siguiente:
«Los procesos sobre la adopción de medidas
judiciales de apoyo a personas con discapacidad: competencia y legitimación;
pruebas preceptivas en primera y en segunda instancia; la sentencia; la revisión
de las medidas de apoyo judicialmente adoptadas.»
b) Los temas 18, 19 y 20 relativos al Registro
Civil quedan redactados como siguen:
«Tema 18. El Registro Civil: legislación
vigente. Naturaleza, contenido y competencias. Derechos y deberes ante el Registro
Civil y principios de funcionamiento. Estructura del Registro Civil. las
Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas
Consulares y sus funciones.
Tema
19. Títulos que acceden al Registro Civil. Los asientos registrales y sus
clases: reglas generales para su práctica, inscripciones, anotaciones
registrales y cancelaciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil:
Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio;
inscripción del fallecimiento. Otras inscripciones.
Tema 20. Publicidad del Registro Civil: medios
de publicidad. Las certificaciones y sus clases. Datos con publicidad
restringida y acceso a asientos con datos especialmente protegidos. Régimen de
recursos frente a decisiones adoptadas en materia de registro civil. Los
procedimientos registrales: reglas generales para su tramitación y legitimación
para promoverlos. Rectificación de los asientos del Registro Civil:
rectificación judicial y rectificación por procedimiento registral. Las
declaraciones con valor de simple presunción. Normas sobre derecho
internacional privado.»
Segundo. Modificar el anexo II (Programa) de
la Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo
para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, en el siguiente sentido: Los
temas 18 y 19 relativos al Registro Civil quedan redactados como siguen:
«Tema 18. El Registro Civil. Estructura del
Registro Civil. las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas
Generales y Oficinas Consulares y sus funciones. Hechos y actos inscribibles en
el Registro Civil.
Tema 19. Las inscripciones: Inscripción de
nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción del
fallecimiento. Otras inscripciones. Certificaciones. Expedientes del Registro
Civil.»
Tercero. En relación con el apartado 7.1 de
las convocatorias y el plazo de cuatro meses fijado para la realización del
primer ejercicio desde la publicación de las mismas, declarar la inhabilidad
del mes de agosto y, de manera extraordinaria, también la del mes de julio para
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 144 Viernes 17 de junio de 2022 Sec. II.B. Pág.
83994 cve: BOE-A-2022-10060 Verificable en https://www.boe.es evitar la
realización de exámenes en un período tan ajustado en el que las circunstancias
de una parte importante de las personas aspirantes, ya funcionarios y
funcionarias de carrera, así como de los miembros de los Tribunales
calificadores y del personal que da soporte a los mismos, puedan dar lugar a
dificultades organizativas adicionales.