El viernes 4 de marzo tuvo lugar una nueva reunión de los sindicatos STAJ, CCOO, UGT, CSIF, CIG y ELA con el Ministerio, continuación de la iniciada el día 28 de febrero pasado, para analizar las posibilidades de acumulación de las ofertas de empleo para promoción interna de los ejercicios 2019, 2020 y 2021.
Os dejamos un resumen de lo
tratado en dicha reunión:
Promoción
interna, convocatoria inmediata.-
Lo primero que debemos aclarar
es que se trata de ofertas de empleo aprobadas y publicadas en BOE en los
respectivos ejercicios, que están pendientes de ejecución, de ahí que la
propuesta ministerial sea acumularlas y con ello lograr una convocatoria con
más plazas que si se ejecutasen separadamente; concretamente, tal como ya hemos
informado, la idea es ofertar para promoción interna un total de 985 plazas
(402 plazas para GPA y 583 plazas para TPA), para todo el Estado, con
convocatoria inmediata, durante este mes de marzo. También está publicado en
BOE el acuerdo de diciembre de 2018 en virtud del cual habría que añadir a la
oferta de 2019 una oferta extraordinaria de promoción interna que supone sumar
más plazas a la misma, en una cantidad que el Ministerio cifra en 389, pero que
dado que ello requiere la autorización expresa de Hacienda y no hay tiempo
material suficiente pues la oferta caduca a principios de abril (3 años desde
la publicación en BOE), el Ministerio propone trasladarla a la futura oferta de
2022, que se convocaría durante 2023 (mes de abril), y que se añadan a las
plazas que se oferten por promoción interna para el Cuerpo de Gestión. Desde
STAJ consideramos que no todas esas plazas deben ir a la promoción interna de
Gestión, también deben incluirse plazas para Tramitación, aunque es cierto que
en este cuerpo en la última convocatoria hubo bastantes menos aprobados que
plazas, lo contrario que Gestión, donde superaron la fase de oposición muchos
más aspirantes que plazas (más de 1.200). Por nuestra parte, hemos manifestado
nuestra disposición favorable a la acumulación, pues es beneficiosa para todos,
y en cuanto a trasladar la extraordinaria de promoción interna a la oferta de
2022, también, siempre que se revise el número de plazas pues consideramos que
deben ser muchas más, así como incluir el 30% de lo que sea objeto de oferta a turno
libre, tal como prevé la LOPJ.
Turno libre. Oferta ordinaria de reposición.
Acumulación ofertas 2020, 2021 y 2022.
Por otra parte, para el turno libre, dada la
imposibilidad de convocar la oferta de 2019, la cual además de no haber tiempo
material para convocarla antes de que caduque, está afectada por laLey 20/2021,
el Ministerio propone acumular la oferta de empleo de reposición del año 2022
(pendiente de determinar, pero que será el 120% de la tasa de reposición según
establece la LPGE) a las ofertas pendientes de ejecución de 2020 y 2021, ya
publicadas en BOE en sus respectivos años. El Ministerio propone convocarla en
septiembre, y desde STAJ hemos pedido que se adelante en lo posible para
permitir que se respete la reserva de nota establecida en la última
convocatoria de oposiciones por este turno, recién terminada, dado que las
futuras reformas legislativas podrían poner en peligro dicha reserva. Para
ello, además, es preciso que el sistema selectivo sea el mismo, es decir,
concurso oposición.
Procesos selectivos de estabilización de la
ley 20/2021.-
También hay que poner en marcha
la oferta extraordinaria de estabilización prevista en la Ley 20/2021, para lo
cual es necesario contabilizar el número de plazas que cumplen los requisitos
establecidos en la ley, de lo cual se obtendrá una cifra que será la que
constituya esta oferta, lo cual ha de tener lugar antes del 1 de junio de 2022,
debiendo convocarse los procesos selectivos derivados de la misma antes de 31
de diciembre de 2022. El Ministerio manifiesta que el número de plazas que se
incluirán en esta oferta extraordinaria está aún en estudio.
Conversión plazas de refuerzo.-
STAJ ha solicitado que se proceda ya a la
negociación y conversión de las plazas de refuerzo estructurales, las cuales deberán
ser objeto de concurso de traslado previo, sin perjuicio de su cómputo a
efectos de las ofertas de empleo que correspondan.
Concursos
de traslado.-
Con carácter previo a la resolución de los
correspondientes procesos selectivos, deben convocarse los concursos de
traslado anuales que sean precisos, en los que deben ofertarse todas las plazas
vacantes disponibles en el momento de ser convocados (incluidas las desiertas
de concursos previos), debiendo ajustarse las fechas de manera las plazas que
queden desiertas tras dichos concursos se oferten en su totalidad a los
aspirantes que hayan superado los correspondientes procesos selectivos.
Modificación
LOPJ para recuperación reserva mitad plazas promoción interna.-
Todos los sindicatos hemos
reiterado la necesidad de modificar la LOPJ para recuperar la reserva de la
mitad de las plazas para la promoción interna, tanto para Gestión y Tramitación
como para el Cuerpo de Letrados A.J. y Cuerpos especiales INTCF, volviendo a la
redacción anterior a la modificación de 2015. Hemos solicitado al Ministerio
que remita solicitud a los Grupos parlamentarios que sustentan el gobierno,
para que impulsen esta reforma. El Ministerio nos vuelve a convocar para el
próximo miércoles 9 de marzo, para ultimar la negociación.