La gran reforma efectuada con la entrada en
vigor de la Ley 8/2021 para el apoyo a las personas con discapacidad en el
ejercicio de su capacidad jurídica y de la que podéis consultar en amplio
resumen en (STAJ
03-09-2021), no está siendo tan eficaz como se pretendía y se está
constatando que es un verdadero fiasco, en el sentido de operatividad, de
ejecución práctica de la norma, así en el juzgado
de primera instancia nº 6 (familia) de Santiago de Compostela se está
produciendo:
- Un
incremento de los internamientos involuntarios en centros hospitalarios y
residencias tramitándose como Internamientos Urgentes para su regularización en
72 horas lo que implica una actuación rápida del juzgado y del médico forense,
superando el volumen anual en 2021 de más de 804 ingresos.
- Los
temas cada vez se dilatan más y existe un aumento considerable de asuntos que
tienen entrada y que se acaban amontonando.
- Revisión
de aquellos procedimientos donde conste como medidas de apoyo judicial la
tutela, curatela y patria potestad prorrogada para adaptarlos a la nueva
normativa alcanzando a más de 1100 asuntos en un plazo máximo de tres años de
los cuales, más de 900 tendrán lugar el primer año; se produce por tanto una
carga de trabajo exponencial durante este primer año.
Esta situación no fue ajena al servicio de Inspección del CGPJ y que
fue emitido en fecha 28/10/2021 en el que se constata la enorme carga de
trabajo y precaria situación del juzgado: “el
juzgado a pesar del alto nivel de dedicación no ha sido capaz de absorber la
entrada habida en los años 2019, 2020…”; tampoco fue baladí el informe,
pero creemos que escasa, el informe de la Sala
de gobierno del TSJ acordando como
refuerzo la comisión de servicio de un magistrado sin relevación de funciones con
el objeto de tramitar y resolver los internamientos de uno o dos días de la semana.
A pesar de todo ello, de manera elogiable
la plantilla ha mantenido la situación de responsabilidad, prestando un
servicio público de alta calidad a pesar de su carga de trabajo hasta ahora.
La situación descrita se va a incrementar
debido a los inminentes cambios de personal y que exponemos:
LAJ
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Cese titular por Concurso de Traslado.
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1 Gestor/a
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Cese Concurso de Traslado – plaza no
cubierta a Resultas
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2 Tramitadores
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Cese Concurso de Traslados – plazas no
cubiertas a Resultas
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Personal de Serv. de apoyo:
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2 interinos de Refuerzo:- Uno cesa en Marzo cumpliendo 3 años en
dicho puesto.- El otro funcionario designado como
refuerzo por el plazo de 3 meses se encuentra de baja médica, desconociendo
la fecha de su incorporación.
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- Para
el caso de los titulares que han participado en el Concurso de Traslados, desde
la fecha o a lo más tardar al día siguiente de la publicación de la resolución
del concurso, se nombre personal del servicio de apoyo hasta que dichas
plazas puedan ser cubiertas por el sistema de SUBSTITUCIÓN.
- Que
las BAJAS que se generen se cubran de forma inmediata.
- Reposición
de Refuerzos de forma inminente.
- Concesión
de prolongaciones de jornada fuera del horario de Audiencia que actualmente son inexistentes.
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