viernes, 29 de octubre de 2021

A Xunta debe incluir aos interinos na Traxectoria Profesional

STAJ É UN DOS SINDICATOS QUE RECURRIU ANTE O TSXG A DISCRIMACIÓN DO PERSOAL INTERINO E TAMÉN A DISCRIMINACIÓN, QUE AO NOSO XUIZO, SUFREN UNS CORPOS RESPECTO DOUTROS QUE ACCEDEN ANTES AOS DISTINTOS GRADOS DA TRAXECTORIA PROFESIONAL. EN POUCOS DIAS COÑECEREMOS A SENTENZA.

DEIXAMOS O PUBLICADO ONTE  NA REVISTA DO PODER XUDICIAL .

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado que el acuerdo alcanzado el 3 de agosto de 2020 entre la Xunta y las organizaciones sindicales SPJ-USO, UGT y CCOO para la implantación del régimen extraordinario de acceso al grado I del sistema de trayectoria profesional del personal al servicio de la Administración de Justicia en Galicia debe incluir al personal funcionario interino. De esta forma, ha condenado a la Xunta a suprimir la expresión “de carrera” de las cláusulas del acuerdo.  

La Sala estima que es contraria a Derecho la exigencia de la condición de funcionario de carrera y, en consecuencia, entiende que ha de reconocerse el derecho del personal funcionario interino con más de 5 años de antigüedad a acceder a este régimen extraordinario del grado I de la carrera profesional. “Ello no implicará directamente que haya de abonarse a todo el personal funcionario interino, que cumpla los demás requisitos de acceso, las cantidades correspondientes al complemento de carrera profesional, sino que el personal funcionario interino tiene derecho a participar en el procedimiento del grado I de la carrera profesional en las mismas condiciones económicas y administrativas que los funcionarios de carrera, debiéndose, en consecuencia, tramitar y resolver cualquier solicitud que sea presentada”, advierte el TSXG.

En la resolución, los magistrados destacan que de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo se deduce que resulta discriminatorio y vulnerador del artículo 14 de la Constitución española el trato que se otorga al personal funcionario interino de la Administración de Justicia al resultar excluido del régimen extraordinario y transitorio de acceso al grado I de la trayectoria profesional y de la consiguiente percepción de un complemento adicional a los conceptos retributivos actualmente existentes.

 STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras