En el
BOE de hoy 29 de Octubre de 2021 se publica:
Nombramientos: Orden JUS/115772021 de 19 de octubre, por la que se nombra personal
funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, por el sistema general de acceso libre, a los
aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden
JUS/903/2019, de 9 de agosto.
Destinos ámbito de Península y Baleares: Orden JUS/1158/2021, de 19 de octubre, por la que se otorga destino al
personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de
la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo
convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.
TOMA DE POSESIÓN:
- Ante
el responsable del órgano judicial o fiscal de destino.
- Plazo
de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la
publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.
La
orden establece otras cuestiones como:
· Funcionarios
que pertenezcan ya al Cuerpo
de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en dicho Cuerpo: no
será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo
adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión 20 días
hábiles, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al
órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha
opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en
el artículo 506 d) de L.O.P.J.
- En
el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial:
- un
permiso retribuido de un día hábil (1 día hábil) sin cambio de
localidad.
- dos
días hábiles (2 días hábiles) fuera de localidad.
-
desplazamiento desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo
caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles (3 días hábiles).
Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo
destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
· En
el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra
Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso
de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos
para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en
el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese
automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión
en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al objeto de evitar
interrupción en la percepción de sus haberes.
· Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
OTROS ÁMBITOS:Pais Vasco ; Cataluña ; Andalucía