La Orden Ministerial que publica la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo establece que, AL MINISTERIO, a la dirección que pone la Orden, hay que remitir la documentación correspondiente (la que pone la Orden y en los supuestos que pone la orden), incluida la solicitud de plazas. ESTO ES PARA TODOS LOS APROBADOS DE TODOS LOS ÁMBITOS, o sea, que los aprobados sea cual sea su ámbito tienen que presentar al Ministerio toda esa documentación. Para esto han dado un plazo de veinte días hábiles.
En cuanto a las solicitudes de destino, QUE HAY QUE DIRIGIR AL ÁMBITO POR EL QUE SE HAYA APROBADO, (a Ministerio o CCAA), según el Anexo II que publican las Ordenes o resoluciones de cada ámbito, el plazo que dan es de OCHO DÍAS HÁBILES.
Por tanto, recomendamos a todos que presenten tanto la documentación que se dirige al Ministerio, como lo que se dirige a las CCAA, EN EL PLAZO DE OCHO DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente a la publicación, es decir, desde el lunes incluido, así le dará tiempo al Ministerio a dictar la resolución de nombramiento y adjudicación de destinos antes de que acabe el año 2020.
STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras