viernes, 8 de mayo de 2020

STAJ RECHAZA LA PROPUESTA DE ACUERDO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.

Finalmente tras varias reuniones del Ministerio de Justicia con STAJ, CSIF, CCOO, UGT, CIG y ELA para abordar su PROPUESTA del Plan de Desescalada en la Administración de Justicia ante el Covid-19, y después de la última reunión de ayer mismo, jueves 7 de mayo, STAJ NO SUSCRIBIRÁ la Propuesta del Ministerio  puesto que si bien introduce mejoras respecto al primer borrador en la guía de salud laboral y en lo referente al turno de tarde (sobre todo en materia de horario), estas mejoras son insuficientes y quedan muchas cuestiones sin concretar y muy  peligrosas al arbitrio  de los TSJ, Secretarios Coordinadores Provinciales y determinados LAJ’s que pueden interpretar a su manera, lo que supondrá realidades distintas en cada provincia o en cada órgano judicial.

Lo que hemos comprobado durante todo el Estado de Alarma es que los Secretarios Coordinadores Provinciales son los que han regulado de facto las cuestiones organizativas, como turnos y número de efectivos, en muchos casos de manera desigual e incluso injusta, cuestiones que afectan a nuestras condiciones de trabajo. Esta discrecionalidad continúa presente en el documento final del Ministerio, de carácter generalista y poco concreto, les van a seguir permitiendo plena discrecionalidad a la hora de ejecutar las medidas contenidas en ese Plan de Desescalada, dando carta blanca a los LAJs, ya sabemos como se las gastan algunos, sobre aspectos organizativos, de movilidad funcional, de necesidad o no de turnos de tarde, de su diseño y concreción de los mismos.

En la propuesta definitiva del Ministerio no se descarta el carácter forzoso para los turnos cuando no haya voluntarios, por lo que no podemos aceptarlo, STAJ defiende la voluntariedad total y retribuida. Aunque el Ministerio dispone de los turnos como un elemento de protección, para que no estemos todos juntos en la oficina, sabemos que no es solo ese el motivo de hacernos  trabajar por la tarde, hay otros motivos que se esconden, como la posibilidad de hacer vistas y juicios por la tarde, donde los Jueces, Fiscales y quizá también LAJs van a cobrar por hacerlos, también se abre la puerta a la posibilidad de acabar con la jornada extensiva, que no es la primera vez que se baraja para la Administración de Justicia. En STAJ creemos que, con la posibilidad ya cierta de teletrabajo, con las exenciones por deber inexcusable y por enfermedades sensibles, con personal de vacaciones y demás permiso y licencias, se puede trabajar en las oficinas manteniendo, exclusivamente, la jornada de mañana y al mismo tiempo la seguridad de la salud con medios y medidas adecuadas de protección, y si alguien quiere optar a trabajar por la tarde puede hacerlo, pero nunca forzado. Dejando abierta la posibilidad de la jornada de tarde con carácter forzoso, junto con la posibilidad de celebrar juicios y vistas también por la tarde y la habilitación de veinte días del mes agosto, va a ser justificación suficiente para denegar vacaciones y otros permisos durante todo el verano “por  necesidades del servicio”, y no por motivos sanitarios, que es lo que toca. Si bien es cierto que “con carácter general” no se admite la atención al público por la tarde, no queda claramente descartada esa posibilidad, es más, se permiten celebrar juicios y vistas y con eso es imposible no atender al público.

Tampoco es admisible para STAJ la movilidad funcional no voluntaria y no retribuida. A libre criterio de los Secretarios Coordinadores te pueden cambiar de juzgado dentro de la misma localidad, de hoy para mañana y pasa a llevar expedientes que non son tuyos y los tuyos acumulándose en la mesa, ojo que esto puede durar hasta tres meses. Y ello, repetimos, sin atender a criterios estrictamente de salud de los trabajadores.

Todo esto podría sentar un grave precedente en la defensa de nuestras condiciones laborales que no estamos dispuestos a asumir, sobre todo porque no lo vemos necesario. En la práctica totalidad de las oficinas judiciales gallegas se puede mantener la distancia entre funcionarios recomendada por las autoridades sanitarias sin necesidad de realización forzosa de turno de tarde.

En el apartado de medidas de protección individuales y colectivas no se recoge la  exigencia de STAJ de que el trabajador pueda negarse a entrar, o abandonar la sede judicial si no se le garantiza EPI’s, debiendo quedar explícitamente claro el deber de proporcionarlos a todos y cada uno de los trabajadores que deban prestar servicio presencial como condición sine qua non para incorporarse al turno del día. A lo largo de los últimos días son muchos los funcionarios a los que el Ministerio no ha proporcionado dicha protección y ha obligado a cumplir su jornada completa de forma presencial sin esa protección elemental. Sin embargo, para jueces y magistrados no faltan las pruebas diagnósticas que a nosotros nos niegan, ¿que razones sanitarias esgrimen para que al personal que trabaja en despachos individuales a puerta cerrada lo doten con mayores medidas de protección, mientras por otro lado desde el Ministerio se lanza el mensaje de que los funcionarios de justicia no somos “trabajadores de riesgo”?, posiblemente el que opina esto no sabe que por las oficinas judiciales circulan cientos de usuarios diariamente.

Si la prioridad para el Ministerio de Justicia es la salud, deja bien claro a quienes no prioriza en la redacción que da a los Epi’s, pues solo se facilitan si hay atención al público o la distancia es menor de dos metros, no se garantizan para todo el personal que esté realizando su trabajo presencialmente, porque según ellos la mayoría de los puestos de trabajo son de bajo riesgo  de contagio. Tampoco figura la propuesta de STAJ de realizar tests de diagnóstico del Covid-19 ni otras medidas adicionales como escáneres de temperatura corporal a la entrada de las sedes judiciales para funcionarios y usuarios, etc.

Dentro de nuestras limitaciones, y pese a estar “intervenidas de facto” nuestras condiciones de trabajo por el RD declarando el Estado de Alarma y las sucesivas resoluciones desarrollándolo, así como al último RDL 16/2020 de 28 de abril (BOE 29 abril), STAJ seguirá velando por el respeto a nuestros derechos profesionales y adoptando todas aquellas medidas que sean necesarias en su defensa. 

Como ya sabéis las Comunidades con competencias transferidas en materia de justicia debe realizar ahora la adaptación y concreción de ciertos aspectos, en muchas ya han llamado a los sindicatos representativos a fin de negociar esas cuestiones, en Galicia aún no tenemos convocatoria de la Dirección Xeral a tal fin, esperamos que no se les ocurra dictar una regulación de forma unilateral.

En el siguiente enlace puedes consultar el documento del Ministerio con los 3 Anexos

Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada para la AJU ante el COVID-19


STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras