viernes, 31 de agosto de 2018

Aplicación de la normativa de protección de datos


Desde el pasado 25 de mayo, el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 sobre protección de datos personales de las personas físicas y libre circulación de estos datos, es de aplicación directa para todos los países de la UE lo cual ha supuesto la derogación de nuestra legislación al respecto aunque, actualmente se encuentra en el Congreso de los Diputados el Proyecto de una nueva Ley Orgánica sobre la materia para adaptar nuestra legislación a lo dispuesto en el Reglamento Comunitario.
 Mientras este Proyecto de nueva Ley Orgánica sigue su tramitación parlamentaria, existen determinadas cuestiones que requieren una urgente aprobación para la plena adaptación del Reglamento General de Protección de datos (RGPD)comunitario.
Asi es que, a finales de Julio se aprobó el Real Decreto-Ley 5/18 de adecuación de nuestro ordenamiento al Reglamento Europeo en aspectos concretos que, sin rango orgánico, no admiten demora.
Concretamente son los siguientes:
  • regula la inspección y el régimen sancionador en materia de protección de datos y,
  • los procedimientos en caso de una posible vulneración del RGPD relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.

STAJ, sindicato independente e específico de Xustiza, sen subvencións e sen ataduras.