- El Ministerio prepara una modificación de la Ley 20/2011 que será
tramitada por el trámite de urgencia.
- El Registro Civil seguirá siendo público y gratuito.
- Mantenimiento del modelo territorial actual, con todos
los Registros civiles actuales, incluidos los Juzgados de Paz.
- Los Letrados de la Administración de Justicia serán los
nuevos Encargados de los Registros Civiles.
· Los
funcionarios de la Administración de Justicia seguirán prestando servicios
en los Registros Civiles de la misma forma que lo hacen ahora, sin que
haya reordenación de efectivos.
STAJ ha mantenido una
reunión bilateral en la que la Secretaria
de Estado de Justicia nos traslada la propuesta de modificación de la Ley
20/2011, cuya redacción está ultimándose para ser tramitada en el Congreso con
carácter de urgencia.
La modificación incidirá de lleno en la
estructura del Registro Civil, de manera que desaparecerá de la ley la organización en una Oficina Central y
Oficinas Generales (una por Comunidad Autónoma, más otra optativa por cada
500.000 habitantes, y otra más excepcionalmente al arbitrio de cada Comunidad
Autónoma en función de determinados criterios), además de las Consulares, manteniendo en cambio la misma estructura
actual del Registro Civil.
De esta forma, se mantienen todos los puestos
de trabajo que desaparecerían de aplicarse las previsiones de la Ley de
2011, que extraía el Registro Civil de la Administración de Justicia, dejando
de ser servido por funcionarios de Justicia.
Junto a ello, se apuesta por la implantación del
folio único personal (en contraposición a las “secciones” actuales del Registro
Civil), la plena digitalización y tramitación electrónica del Registro Civil,
la inversión en la renovación de los equipos informáticos, avances todos ellos
imprescindibles en la era de la Administración electrónica en que nos
encontramos.
STAJ ha trasladado al
Ministerio su acogida inicial a este modelo siempre y cuando realmente se
plasme en el texto de la modificación de la ley todo lo que venimos exigiendo
desde hace años: Registro Civil público y gratuito, mantenimiento de la
estructura del Registro civil tal como hoy la conocemos, mantenimiento íntegro
de los puestos de trabajo sin reordenación de efectivos, atribución de
competencias reales a todas las oficinas registrales incluidas las de los
Juzgados de Paz, y, en definitiva, el mantenimiento del Registro Civil como un
servicio más dentro de la Administración de Justicia, aunque no esté servido
por jueces, sino por Letrados A.J. y funcionarios de los Cuerpos de Gestión
P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial. Y todo ello sin renunciar a reclamar
la recuperación de aquellas funciones propias del Registro Civil que han sido
atribuidas a otros profesionales en los últimos tiempos.