En el BOE de hoy 13 de septiembre de 2021 se publica:
Nombramientos: Orden JUS/952/2021 de 1 de septiembre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (TURNO LIBRE), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019 de 10 de julio.
Destinos ámbito de Península y Baleares: Orden JUS/953/2021 de 1 de septiembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio, en el ámbito de Península y Baleares.
TOMA DE POSESIÓN:
- Ante el responsable del
órgano judicial o fiscal de destino.
- Plazo de veinte días
hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial del Estado.
La orden establece otras cuestiones como:
· Funcionarios que pertenezcan
ya al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que
opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos: no será necesario
que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión 20 días hábiles, comuniquen, en su
caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las
Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
· En el caso de que los funcionarios
optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y quisieran evitar un
vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia,
podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como
funcionarios del Cuerpo de Tramitación o Auxilio Judicial:
- un permiso retribuido de un día hábil (1 día hábil) sin cambio de localidad.
- dos días hábiles (2 días hábiles) fuera de localidad.
-
desplazamiento desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso
el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles (3 días hábiles). Estos días se consideran hábiles, y la toma de
posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso
indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
· En el caso de que el funcionario
proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades
Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá
remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de
oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación
Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha
del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de
sus haberes.
· Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
OTROS ÁMBITOS: