Publicada en el BOE de hoy Orden
SND/261/2020, de 19 de marzo, para la coordinación de la actividad profesional
de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial durante la vigencia del
estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Entre otras, dicha orden
dispone:
- Se encomienda al Ministro de Justicia la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en todo el territorio del Estado.
- Se podrá constituir una Comisión de coordinación de la situación de crisis en orden a poder articular las medidas necesarias para el mantenimiento de los servicios esenciales. En esta Comisión tendrán representación las comunidades autónomas con competencia en la materia, el CGPJ y la Fiscalía General del Estado.
- El Ministro de Justicia podrá adoptar resoluciones y disposiciones a fin de una aplicación homogénea de los servicios esenciales en todo el territorio del estado.
En el día de hoy el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias en justicia tienen prevista una reunión en donde es posible que se debata especialmente los criterios comunes sobre aplicación de los servicios mínimos. Estaremos expectantes y esperamos que lo acordado vaya en la linea de lo que llevamos pidiendo desde el inicio, acordando que los servicios mínimos se hagan en régimen de disponibilidad con presencia continuada solo de algunos servicios.
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