Utilización
de medios telemáticos
La reforma pretende que la comunicación
electrónica sea la forma habitual de actuar en la Administración de Justicia.
Por ello, la presentación de escritos y
documentos por medios telemáticos se podrá hacer todos los días del año,
durante las veinticuatro horas, aplicándose el mismo régimen para los escritos
perentorios, con independencia del sistema utilizado de presentación.
Reforma de
la Justicia Gratuita
Se definen dos tipos de
destinatarios de esta cobertura: quienes no tienen recursos suficientes para
litigar y quienes tienen este derecho con independencia de su nivel de renta.
Legitimación
de los herederos de los abogados para reclamar honorarios
Se ha introducido una
modificación del art. 35 LEC para atribuir legitimación a los herederos de los
abogados para reclamar honorarios, por el procedimiento especial denominado
jura de cuentas, como ahora permite el art. 34 para reclamar derechos de
procuradores por sus herederos.
Asociaciones
de víctimas del terrorismo
Se permitirá a las asociaciones de víctimas del
terrorismo disfrutar de justicia gratuita con independencia de sus recursos
económicos
No obstante, las previsiones relativas a la
obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos judiciales y
fiscalías, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes
en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos
y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley
procesal y de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación, entrarán en vigor el
1 de enero de 2016.
Por otra parte, las previsiones relativas
al archivo electrónico de apoderamientos apud acta y al uso por los interesados
que no sean profesionales de la justicia de los sistemas telemáticos existentes
en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos
y la realización de actos de comunicación procesal en los términos
anteriormente indicados, entrarán en vigor el 1 de
enero de 2017.
En el siguiente enlace tenéis información más pormenorizada.
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