miércoles, 9 de septiembre de 2015

El senado aprueba la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Principales novedades de la reforma

Utilización de medios telemáticos
La reforma pretende que la comunicación electrónica sea la forma habitual de actuar en la Administración de Justicia.
Por ello, la presentación de escritos y documentos por medios telemáticos se podrá hacer todos los días del año, durante las veinticuatro horas, aplicándose el mismo régimen para los escritos perentorios, con independencia del sistema utilizado de presentación.
Reforma de la Justicia Gratuita
Se definen dos tipos de destinatarios de esta cobertura: quienes no tienen recursos suficientes para litigar y quienes tienen este derecho con independencia de su nivel de renta.
Legitimación de los herederos de los abogados para reclamar honorarios
Se ha introducido una modificación del art. 35 LEC para atribuir legitimación a los herederos de los abogados para reclamar honorarios, por el procedimiento especial denominado jura de cuentas, como ahora permite el art. 34 para reclamar derechos de procuradores por sus herederos.
Asociaciones de víctimas del terrorismo
Se permitirá a las asociaciones de víctimas del terrorismo disfrutar de justicia gratuita con independencia de sus recursos económicos

No obstante, las previsiones relativas a la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos judiciales y fiscalías, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, entrarán en vigor el 1 de enero de 2016.

Por otra parte, las previsiones relativas al archivo electrónico de apoderamientos apud acta y al uso por los interesados que no sean profesionales de la justicia de los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos anteriormente indicados, entrarán en vigor el 1 de enero de 2017.
En el siguiente enlace tenéis información más pormenorizada.
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