El
número de asuntos que anualmente se tramitan por la Ley del Jurado se ha
reducido a la mitad desde finales de los años noventa, cuando concluyó el
periodo de implantación de esta institución, reintroducida en el ordenamiento
jurídico español en 1995.
Así
lo revelan los datos que la Sección de Estadística del Consejo General del
Poder Judicial ha reunido en el informe número 40 de la serie Datos de Justicia
que acaba de ser publicado en la página web www.poderjudicial.es.
Desde
1996 y hasta 2014 han tenido entrada en los Juzgados de Instrucción y de
Primera Instancia e Instrucción —y desde 2005 también en los Juzgados de
Violencia sobre la Mujer— un total de 10.407 procedimientos de Ley de Jurado.
Solo
en los primeros tres años de vigencia de la Ley —1996, 1997 y 1998— se dio un
aumento de este tipo de procedimientos: 531 el primer año, 710 el segundo y 785
el tercero. A partir de 1999 experimentaron un importante descenso hasta llegar a los 364 tramitados el año
pasado.
La
Sección de Estadística considera que la razón de esa caída puede encontrarse en
una restrictiva interpretación de las normas de conexión y de la competencia,
que puede impedir la inmediata incoación como procedimiento del jurado de
determinados hechos.
NUEVE DE CADA DIEZ SON CONDENAS
En
el conjunto de los años estudiados, las sentencias del Tribunal del Jurado han
sido condenatorias en un 89,2 por ciento de los casos. Este porcentaje se ha
mantenido estable a lo largo del tiempo, ya que desde 1998 no ha bajado del 86
% ni subido del 91,6 por ciento.
CANARIAS Y GALICIA, A LA CABEZA
Sumando los datos de estos veinte años, la media
nacional de procedimientos ingresados por la Ley del Jurado es de 23,5 por cada
100.000 habitantes.
Siete comunidades autónomas superan esa media,
destacando las de Canarias (32,7 procedimientos por cada 100.000 habitantes) y
Galicia (31,9). Les siguen Asturias (27,3), Cataluña (26) e Illes Balears
(25,9). En el otro extremo se sitúan Aragón (14,8), Extremadura (15,1) y el
País Vasco (17,4).
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