El Tribunal Constitucional ha avalado la
decisión del Gobierno de reducir los días libres de los funcionarios. La Junta
de Andalucía había recurrido al alto tribunal esta parte del decreto de 2012 en
el que se reducían los mosocos, días libres de los empleados
públicos, de seis a tres días y eliminó los canosos, días libres en
función de la antigüedad
El recurso andaluz, que contaba con
recursos similares de Extremadura, País Vasco, Cataluña, Canarias y Navarra,
dudaba de la "extraordinaria y urgente necesidad" de las medidas y,
en concreto, de que "la necesidad de reducir el déficit público sin
menoscabar la prestación de los servicios públicos esenciales". El
ejecutivo autonómico consideraba que la modificación del régimen de permisos y
vacaciones de los funcionarios desbordó las competencias que, en materia de
función pública, la Constitución atribuye al Estado.
El tribunal, en su fallo, que ha contado
con un voto particular, considera, por el contrario, que al Estado le
corresponde "la competencia exclusiva para fijar las bases del régimen
estatutario" de los funcionarios de todas las Administraciones públicas.
Andalucía tiene la competencia "de desarrollo legislativo y ejecución, de
acuerdo con aquella legislación básica, en relación con la función pública
autonómica y local", dice la sentencia .
Por tanto, el Estado,debe determinar
"los diferentes supuestos por los que pueden ser concedidos permisos o
licencias a dicho personal del sector público, cualquiera que sea la
Administración a la que pertenezcan", señala el Constitucional. El
Tribunal considera que, en este caso concreto, "la norma estatal,
aun fijando la duración de los diferentes tipos de permisos, no cierra toda
posibilidad de desarrollo y aplicación a las Comunidades Autónomas de la normativa
básica sobre esta materia".
El voto particular, suscrito por Adela Asua,
Encarnación Roca, Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol, considera que, en
algunos puntos, el Decreto "imposibilita cualquier margen de autonomía a
la Comunidad Autónoma andaluza para poder establecer normas de desarrollo de
los diferentes tipos de permisos o vacaciones contenidos en la norma estatal y
de poder hacerlos efectivos en el ejercicio de las competencias".Ver noticia en elpais.com
Nota de prensa del Tribunal Constitucional