sábado, 27 de junio de 2015

El Senado aprueba la reforma de la LOPJ.

La nueva LOPJ amplía de cinco a siete el número de vocales del CGPJ que integran la Comisión Permanente y cuentan, por tanto, con dedicación exclusiva, y elimina la obligatoriedad de que la Comisión de Igualdad sea presidida por una mujer.
La norma amplía, además, a los 72 años la edad de jubilación de los jueces que vincula a la desaparición de la figura del magistrado emérito.
Entre las enmiendas planteadas se encuentra una disposición que obliga por ley a los miembros del CGPJ a hacer públicos sus bienes.
La nueva ley cambia, además, la denominación de los secretarios judiciales que pasan a llamarse"letrados de la administración de Justicia" y adquieren un nuevo papel que amplía competencias.
Se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados. Además, se incluye un sistema que permitirá al Consejo General del Poder Judicial especializar uno o varios órganos judiciales, de forma temporal, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial, lo que facilitará la unificación de criterios y la agilización en las resoluciones.
Respecto a la instrucción de las causas penales de especial complejidad, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o letrados de la Administración de Justicia, con o sin relevación de funciones, para que puedan realizar labores colaboración, asistencia y asesoramiento.
Entre las modificaciones introducidas en el Congreso, se incluyó la posibilidad de que los médicos forenses realicen "pericias" por encargo de particulares. 
Elderecho.com