Debido as esixencias de STAJ nestas derradeiros semanas, e o apoio das 1.850 firmas que recollemos o ano pasado grazas a vosa colaboración, a Dirección Xeral recapacitou e decidiu sacar a concurso as 22 prazas das Fiscalias que están cubertas por persoal de reforzo, sin facer antes o proceso de acoplamento. Se chega a facer antes o acoplamento, tal e como tiña pensado nun primeiro momento, non houbera dado tempo. Estas 22 prazas acrecentarán a relación inicial de prazas do Concurso, e esperamos que ademaís saian as 13 prazas que STAJ solicitou posteriormente, e que non figuraban na relación inicial.
O proceso de acoplamento nas Fiscalías, consta das fases que o final describimos coa literalidade das normas aplicables. Solo puntualizar que as prazas a cubrir polo procedemento de libre designación son as de Secretari@ Persoal do Fiscal Xefe, e que pode desempeñalo persoal de Xustiza ou da Xunta. Por concurso especifico cubriranse as prazas de Coordinador da Oficina Fiscal que esta reservada ó Corpo de Xestión, e a de Reponsable de Control do Rexistro Estatistica e Calidade que se pode ocupar por Xestor/a ou Tramitador/a, solo puntualiar que o ser a primeira vez, poderan participar en exclusiva os funcionari@s destinados no municipio donde radique esas prazas.
O PROCESO DE ACOPLAMENTO NAS NORMAS APLICABLES
DECRETO
124/2014, do 11 de septiembre, por el que se determina la estructura y
organización de la oficina fiscal en Galicia y de la Unidad de Apoyo a la
Fiscalía Superior.
Disposición adicional única. Ordenación del personal
La ordenación
del personal de los cuerpos generales de la Administración de justicia que
preste servicios en las distintas oficinas fiscales de la Comunidad Autónoma de
Galicia se realizará a través de las correspondientes relaciones de puestos de
trabajo.Las relaciones
de puestos de trabajo serán públicas y el proceso de acoplamiento del personal
se realizará de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria cuarta de
la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley orgánica
6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, conforme a la redacción dada por la
Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Disposición transitoria cuarta. Establecimiento
de relaciones de puestos de trabajo
El Ministerio de Justicia y las Comunidades
Autónomas con competencias asumidas procederán, en sus respectivos ámbitos, a
la organización de las Oficinas judiciales y unidades administrativas en la
forma establecida en esta Ley, así como a la elaboración y aprobación de las
relaciones de puestos de trabajo conforme a las normas y procedimientos
contenidos en la misma.
Aprobadas las relaciones de puestos de trabajo
por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas, se procederá al acoplamiento de los funcionarios con destino
definitivo en el ámbito territorial respectivo, mediante las siguientes fases.
La convocatoria de procedimientos de libre designación para aquellos puestos que
hayan de cubrirse por ese sistema.
La convocatoria de concursos específicos para aquellos puestos de
trabajo que hayan de cubrirse por este sistema, en el que, por una sola vez, podrán participar en exclusiva los
funcionarios destinados en el municipio donde deban desempeñarse tales puestos
de trabajo.
La
confirmación de los funcionarios en los puestos de trabajo que viniesen
desempeñando, cuando
estos figuren en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo con
similar contenido, aun con distinta denominación.
La
reordenación o redistribución de efectivos y en su caso la reasignación forzosa en
supuestos de amortización, supresión o recalificación de puestos, con arreglo a
los procedimientos establecidos.