Esta
modificación, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015, supone la reforma más
profunda efectuada en dicho Código desde su aprobación en 1995. Con ella se
modifican 252 de sus artículos y se suprimen 32. Además, se reforman otros 18
artículos de la LECrim, uno de la Ley de Indulto, uno de la Ley Orgánica del
Tribunal del Jurado y se añade una disposición a la Ley 23/2014, de
reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE.
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