El Congreso de los
Diputados aprobó definitivamente la Ley Orgánica de reforma del Código
Penal, por 181 votos a favor, 138 en contra y 2 abstenciones, la norma entrará en vigor el próximo 1
de julio de 2015.
La reforma revisa el régimen de penas y su
aplicación,se introducen nuevas figuras delictivas o se adecuan los tipos
penales ya existentes, y se suprimen aquellas otras infracciones que, por su
escasa gravedad, no merecen reproche penal.
El nuevo Código Penal, siguiendo el modelo
de otros países de nuestro entorno europeo, explica el Gobierno, introduce
la prisión permanente revisable para aquellos delitos de extrema gravedad, en
los que los ciudadanos demandaban una pena proporcional al hecho cometido.
En este mismo sentido, se revisan los
delitos de homicidio, asesinato y detención ilegal o secuestro con
desaparición, y se amplían los marcos penales dentro de los cuales los
tribunales podrán fijar la pena de manera más ajustada a las circunstancias del
caso concreto; y se modifica la regulación de la suspensión y de la
sustitución de las penas privativas de libertad.
De otra parte, se suprimen las faltas que
históricamente se regulaban en el Libro III del Código Penal, a fin de reducir
el número de asuntos menores que, en gran parte, pueden encontrar respuesta a
través del sistema de sanciones administrativas y civiles.
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