El Tribunal Supremo ha cuestionado que fuese constitucional
suprimir la paga extra de los funcionarios al servicio de la Administración de
Justicia en el 2012, al considerar que se aplicó con carácter retroactivo sobre
una retribución que ya estaba «perfecta y devengada». La Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha dictado un auto en el que
plantea una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Disposición Transitoria
41 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial (LOPJ) y varios artículos del decreto 20/2012 que suprimió
la paga de las Navidades del 2012.
Como ya hiciera en abril, cuando elevó otra cuestión de
inconstitucionalidad sobre la supresión de la extra a los empleados públicos,
al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las leyes, el
Supremo considera que en el caso de los funcionarios de Justicia también
concurre una «retroactividad auténtica contraria al artículo 9.3 de la Constitución ».
Para los magistrados, se trata de una medida con efectos
«retroactivos ablatorios de una retribución ya perfecta y devengada», pues
entró en vigor en vigor el 15 de julio del 2012, pero no se debía ejecutar
hasta que se modificase la LOPJ ,
cosa que no ocurrió hasta el 29 de diciembre del mismo año.
Derechos consolidados
Así, consideran que se trata de derechos adquiridos de los que los
funcionarios no pueden ser privados por una regulación legal, cuya
constitucionalidad no cuestiona. Sin embargo, «llegó tarde» y afectó a derechos
ya nacidos y consolidados.
La paga de junio se corresponde con lo trabajado desde el 1 de
diciembre hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se devenga entre el
1 de junio y el 30 de noviembre. Por tanto, el decreto ley que suprimió la
extra de diciembre y que entró en vigor el 15 de julio afectó a lo devengado
entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los funcionarios
mantenían el derecho a percibir las dos extra.
El Supremo no cuestiona la posibilidad de suprimir en el futuro
una paga extraordinaria, dadas las razones de interés público de la Eurozona en el 2012, pero
sí que se hiciera con carácter retroactivo sobre una retribución devengada.
Fuente La Voz de Galicia.
Fuente La Voz de Galicia.