Reproducimos a continuación íntegramente la noticia colgada en la Web del Ministerio de Justicia en relación con la aprobación hoy por el Consejo de Ministros del Anteproyecto de ley orgánica del Poder Judicial:
El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que adapta las estructuras de la Justicia al siglo XX.I
Principales novedades en la organización judicial prevista en la
reforma :
Se instauran los Tribunales Provinciales de
Instancia. Desaparecen por tanto los Partidos Judiciales.
Tendrán cinco Salas (una por cada orden jurisdiccional, y una Sala de Asuntos
Generales) Los Tribunales de Instancia tendrán Unidades (servidas por jueces unipersonales, y
asumen en general las competencias de los Juzgados unipersonales actuales) y
pueden tener Secciones (servidas por jueces funcionando como
órganos colegiados, asumiendo en general las actuales competencias de
enjuiciamiento en primera o única instancia de las Audiencias Provinciales) Su
sede será la capital de la provincia respectiva, si bien puede haber sedes
desplazadas en atención a diversas circunstancias como volumen de población,
asuntos, etc.
Se mantienen el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional (que asumirá el conocimiento de los
asuntos que ahora conocen los Juzgados Centrales, además de las actuales
competencias) y los Tribunales
Superiores de Justicia (que
asumirán, también, la segunda instancia en los asuntos civiles y penales (las
apelaciones, que ahora sustancian las Audiencias Provinciales)
Desaparecen los Jueces de Paz. El personal que actualmente presta servicios en los Juzgados de
Paz y en las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz pasará a integrarse
en los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos de sus actuales cabezas
de partido judicial. En razón del volumen de trabajo y la población, pueden
establecerse sedes desplazadas de esos servicios comunes en aquellas
localidades en que sea necesario.
El Cuerpo de Secretarios
Judiciales pasa a denominarse Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia.
Se mantiene el resto de Cuerpos al servicio de la Administración de
Justicia (Forenses, Gestión, Tramitación, Auxilio, y Cuerpos especiales
del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: Facultativos,
Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio) Se mantiene el carácter
nacional de todos ellos y la dependencia orgánica del Ministerio o de las CCAA
que hayan asumido las competencias.
Documentos asociados: