MINISTERIO DE JUSTICIA
Excmo. Sr. Ministro
Nos dirigimos a V.E. para reclamarle
que a partir de que el 14 de Julio de
2012 se publica el Real Decreto 20/2012 en el que se suprime la Paga Extra de Diciembre
a los funcionarios españoles, han sido muchas las reclamaciones que contra la
misma se han presentado encabezadas por las organizaciones sindicales
representativas en plataforma unitaria. Es ahora, cuando en el ámbito de la
Administración de justicia se han comenzado a dictar las primeras Sentencias
favorables a dicha reclamación. Los sólidos argumentos en los que se basan las
demandas presentadas, más contundentes si cabe para los Funcionarios de
Justicia, que para otros colectivos, nos hace pensar que este es el comienzo de
un continuo desenlace favorable de muchas otras en los distintos ámbitos
territoriales.
La ilegalidad de este Recorte lo hemos
venido denunciando públicamente desde que se produjo, tanto en Mesa de
Negociación, como mediante escritos dirigidos a ese Ministerio, y ahora es la
Justicia quien da la razón en todos sus puntos a la demanda planteada y
reconociendo la devolución de la totalidad de la paga suprimida.
Esta eliminación de una de las
pagas extraordinarias, que los funcionarios de justicia tenemos reconocidas en
el art. 519.1 de la LOPJ, se pretendió hacer hace mediante un Real Decreto Ley
que, contraviene claramente el orden jerárquico legal en España, tanto es
así, que el propio Gobierno procedió a reformar la Ley Orgánica 6/1985
de 1 de Julio del Poder Judicial mediante la LO 8/2012 que entró en vigor el
29/12/2012 y asimismo añadió la Disposición
Transitoria Cuadragésima Primera para dar una cobertura
“legal” a dicho desajuste jerárquico, en claro reconocimiento de que con la
legislación vigente en el momento, no se podía suprimir la Paga de Diciembre a
los Funcionarios de Justicia. Pero cuando la ley orgánica se reforma y suprime
la paga extra de 2012, esta ya se ha devengado para todos los funcionarios al
servicio de la Administración de Justicia puesto que esta se devenga del 1 de
junio al 30 de noviembre por lo cual el 29 de diciembre, fecha de entrada en
vigor de la reforma de la LOPJ ya se había devengado la totalidad de la paga y
no únicamente 45 días como en el caso del resto de la función pública afectada
por el Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad.
La quita de la paga extra ha supuesto
un duro varapalo para el colectivo que representamos (y como no, para el resto
de funcionarios), una medida injusta y tomada para conseguir dinero fácil, sin
pensar ni en las consecuencias legales ni en que la mayoría de los trabajadores
que se han visto privados de la misma sobreviven con sus sueldos y esta paga
supone un pequeño “respiro” en su día a día.
Es por ello que, desde este Sindicato
le SOLICITAMOS:
Que el Ministerio de Justicia, al que
pertenecemos como trabajadores suyos, tome la decisión, tardía pero no por ello
menos necesaria de reconocer estos hechos y actuar en consecuencia, devolviendo
de oficio la TOTALIDAD de la Paga Extraordinaria de Diciembre de 2012 y de una
manera pública y por escrito se comprometa a ello, evitando que los diferentes
órganos judiciales se vean colapsados con las multitudinarias
extensiones de Efectos a las Sentencias, que sin duda presentaremos en aras de
la recuperación de un derecho que nunca se debería haber aplicado.
En Madrid a 13 de noviembre de dos mil
trece.
FDO VICENTE NAVARRO PEREZ
SECRETARIO GENERAL STAJ