Audiencia Nacional considera que la
ley de tasas judiciales contiene elementos “que pueden considerarse
inconstitucionales” al dificultar el acceso a la jurisdicción y a la tutela
judicial efectiva de los ciudadanos. En un auto al que ha tenido acceso Efe,
la sección 7 de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia
Nacional opina que la norma “puede infringir el artículo 24.1 de la
Constitución”, que hace alusión al derecho de los ciudadanos a la tutela
efectiva de los jueces y tribunales.
El tribunal responde, así,
al recurso contencioso-administrativo que interpuso el pasado 9 de abril,
la asociación de gestión de multas DVuelta contra la modificación de la ley de
tasas. En él, la entidad pedía a la Audiencia Nacional que planteara cuestión
de inconstitucionalidad por presunta vulneración del derecho a la tutela
judicial efectiva. A través de el citado auto, la AN acuerda oír a Dvuelta, al
Ministerio Fiscal y al Abogado de Estado por un plazo de diez días sobre la
pertinencia de plantear dicha cuestión.
En su resolución, la Audiencia considera
que determinados aspectos de la ley pueden ser inconstitucionales “en
la medida en que establecen un régimen económico de tasas, cuyo importe se
determina por la cuantía del procedimiento, así como el posible acceso a los
recursos de apelación y casación, que no tiene en cuenta el principio de
igualdad material, manifestado esencialmente por la capacidad económica del
ciudadano”.
El tribunal explica que “se entiende que
este derecho fundamental de la persona queda conculcado, no por la exigencia
del pago de una tasa, sino por las consecuencias procesales y sustantivas
derivadas de la falta de dicho pago”.
La exigencia de una tasa, dentro de
ciertos límites y procedimientos y circunstancias, “es perfectamente
constitucional”, explica el tribunal. Es inconstitucional que “el pago
condicione” poder tener tutela. Además, señala que “lo que puede no ser
constitucional, es que el pago de dicha tasa, condicione: primero, la
posibilidad de acceder a la jurisdicción; y segundo la posibilidad de obtener
la tutela judicial”.
Aunque el Gobierno ya aprobó en marzo un
real decreto ley en el que modificaba algunos aspectos de la ley de tasas, tras
un acuerdo alcanzado con la defensora del pueblo, Soledad Becerril, el tribunal
considera todavía que existen determinados aspectos que pueden ser
inconstitucionales.
Sin embargo, la Audiencia Nacional también rechazó, el pasado viernes 25 de enero,
suspender cautelarmente la aplicación de la Orden Ministerial en
respuesta a la solicitud del Colegio de Abogados de Orense. La AN consideró, en
un auto dictado por la Sección Séptima de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo, que suspender la aplicación de las tasas supondría
“prejuzgar el fondo del asunto” y que su suspensión “no causa perjuicios de
difícil o imposible reparación para los recurrentes, superiores a los que la
suspensión de su vigencia produciría al interés público”.