sábado, 1 de diciembre de 2012

Ley de Mediación en asuntos Civiles y Mercantiles.

El Ministerio de Justicia ha colgado en su página web una nota de prensa, propaganda institucional, en la que explica los ámbitos de aplicación de la ley, los procesos en los que se puede aplicar, eso sí  siempre de forma voluntaria, y sus ventajas y virtudes, os dejamos lo más interesante.

"La Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, publicada en el BOE el pasado 7 de julio, está a punto de echar a rodar mediante la promulgación de dos reales decretos que crearán el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, fijarán la formación específica que necesitarán estos operadores y establecerán la mediación a través de medios electrónicos. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha enumerado hoy, en la Asamblea General de Cámaras de Comercio, los procesos en los que podrá aplicarse esta herramienta con la que se prevé que la resolución de los conflictos no se demore más de un mes frente a los varios años que suele suponer un proceso judicial.
La mediación, a la que siempre se acudirá de manera voluntaria, podrá ser el mecanismo para solucionar los conflictos que en el ámbito mercantil se produzcan entre empresas y sus proveedores y clientes, así como entre los propios socios. Entre los casos en los que se podría aplicar la mediación figuran:
Asuntos de familia
Reclamaciones por seguros
Reclamaciones de responsabilidad civil
Conflictos sucesorios
Conflictos dentro de la empresa familiar (grande o pequeña)
Conflictos entre socios en la pequeña y mediana empresa
Conflictos en las relaciones mercantiles entre empresas, con clientes y proveedores
Conflictos entre empresas franquiciadoras y franquiciadas
Arrendamientos de locales entre empresas, como centros comerciales

La mediación presenta varias ventajas respecto a los tribunales, ya que no sólo se ahorrarán las tasas, sino también el abogado y procurador que son imprescindibles en los procesos judiciales. El ahorro dependerá de cada caso, pero las Cámaras ya ofertan en su web un servicio de mediación desde 160 euros, y con un compromiso de resolución en un plazo de un mes.
Extenderse a más jurisdicciones
Aunque la ley de momento sólo prevé la mediación en el ámbito Civil y Mercantil, el Ministerio de Justicia ya trabaja en otros ámbitos, como el Penal o el Contencioso-Administrativo. Se ha empezado por el Civil y Mercantil porque son la esfera natural y propia de las relaciones entre particulares, entre ciudadanos y/o empresarios. Es un ámbito especialmente sugerente para encontrar el acercamiento de posturas y superar un conflicto entre dos partes".