jueves, 9 de marzo de 2017

Imelga de A Coruña: Propuesta de requerimiento de la Inspección de Trabajo

Tras una denuncia presentada ante la Inspección de Trabajo por la Subdirectora del Imelga de A Coruña, se requirió a la D.X.X. para que se procediera a la realización de una evaluación de Riesgos Psicosociales.
Por ese motivo, se pone en conocimiento de las centrales sindicales la iniciación de esa evaluación conforme al "método" aprobado en el Comite Intercentros. Debido a ello, STAJ presenta escrito impugnando el procedimiento que se pretendía llevar a cabo y solicita que se deje sin efecto, por los motivos que en el mismo se detallan (Ver escrito).
Así las cosas, la inspección de Trabajo requirió nuevamente a la administración para que se realizase la evaluación de riesgos mediante la utilización del método establecido en el INSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo) y del que se informa a los compañeros afectados, animándoles a colaborar con  el servicio de prevención (Ver escrito). Del resultado se ha comprobado la existencia de los siguientes FACTORES DE RIESGO MUY ELEVADO:
1. Tiempo de trabajo (se refiere a aspectos de ordenación y estructuración temporal de la actividad laboral diaria a lo largo de la semana y evalúa el impacto del tiempo de trabajo considerando: periodos de descanso, cantidad, calidad y su efecto en la vida social). Este riesgo  afecta a las categorías profesionales de "Médicos Forenses y auxiliar de autopsias".
2. Autonomía (se refiere a aspectos de condiciones de trabajo: capacidad y posibilidad individual para gestionar y tomar decisiones que afecten a la estructuración temporal  de la actividad laboral, procedimiento y organización del trabajo). Este riesgo afecta a la categoría profesional de "auxiliar de autopsias".
3. Carga de Trabajo (se refiere al nivel de demanda de trabajo al que tiene que hacer frente el trabajador entendiéndose por elevada cuando existe mucha carga y ésta es dificil valorándose para ello: presiones de tiempo, esfuerzos de atención, cantidad y dificultad de la tarea. Este riesgo afecta a todas las categorías profesionales.
4. Participación y supervisión (se refiere a las formas sobre el control del trabajo valorándose tanto el que ejerce el trabajador a través de su participación en diferentes aspectos del trabajo como el que ejerce la organización sobre el trabajador a tavés de la supervisión). Este riesgo afecta a todas las categorías profesionales..
5. Interés por el trabajador/compensación (se refiere al grado en que la empresa muestra una preocupación de carácter personal y a largo plazo por el trabajador a través de: la promoción, formación, desarrollo de la carrera por sus trabajadores, información sobre todas esas cuestiones y percepción tanto de seguridad en el empleo como el equilibrio entre lo que el trabajador da y lo que percibe. Este riesgo afecta a la categoría profesional de "Medicos Forenses".
6. Desempeño de Rol (se refiere tanto a la claridad del Rol: definición de funciones y responsabilidades como al Conflicto de Rol: demandas incongruentes, incompatibles o contradictorias entre si que pueden suponer un conflicto de carácter ético para el trabajador. Este riesgo afecta a las categorías profesionales de Ädministrativos y Médicos Forenses.
7. Relaciones y Apoyo Social (se refiere por un lado, a las relaciones que se establecen entre las personas en el entorno laboral y por otro, entendiendo "apoyo social" como factor moderador de la tensión que, el metodo aplicado concreta, entendiendolo como ayuda proveniente de otras personas del entorno de trabajo: Jefes, compañeros para realizar adecuadamente el trabajo. Estas relaciones pueden ser origen de situaciones conflictivas de distinta naturaleza. Este riesgo afecta a las categorias profesionales de Medicos Forenses y Auxiliar de autopsias.
El Servicio de Prevención a pesar de estos resultados se limita a  proponer una serie de medidas genéricas que no suponen medidas concretas que puedan afectar al trabajo diario de los trabajadores  ni  ha planificado medidas que reduzcan los factores de riesgo, siendo en algunos casos, las medidas propuestas, simples declaraciones de buenas intenciones que carecen de cualquier aplicación práctica. Tampoco describe  medidas reales para desarrollar sus propuestas.
STAJ pone de manifiesto la falta de diligencia por parte del COMITE DE SEGURIDADE E SAUDE DE XUSTIZA en cuanto al debate por parte de todos los miembros del comite para buscar soluciones y plantear propuestas para solucionar y poner fin a los riesgos detectados, a pesar de que este sindicato planteo este tema en la reunión que tuvo lugar el pasado día 23 de febrero a medio de escrito presentado con fecha 21 de febrero (ver escrito apartado 4). Con esta actitud parece que se trata de ignorar el deber de participación que en esta materia tienen los representantes de los trabajadores.
A pesar de ello, desde STAJ estaremos pendientes de que unas adecuadas condiciones de trabajo sean las que regulen el día a día de todos los compañeros  ejerciendo las acciones que desde la prevención de riesgos estén a nuestro alcance para su consecución.