viernes, 12 de agosto de 2016

DEVOLUCIÓN PAGA EXTRA 2012 EN CATALUÑA

En el BOE del 12 de agosto se ha publicado el Decreto-Ley 4/2016 de la Generalitat de Cataluña de recuperación parcial de la paga extraordinaria del mes de diciembre del 2012.

En su artículo 1 se dispone que:
" En el ejercicio 2016, el personal incluido dentro del ámbito de aplicación del artículo 23 del título III de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el 2015, percibirá la cuantía equivalente a un 20,77% del importe dejado de percibir y que se corresponde con 38 días de la paga extraordinaria, paga adicional del complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre de 2012."
Este abono se realizará en una sola vez, en los términos y criterios establecidos en el Acuerdo GOV/33/2015, de 10 de marzo. 

Respecto a Justicia, esperamos tener un calendario de devolución más rápido y no tener que esperar a la total devolución hasta 2018. Ya os informaremos si se ha de solicitar o no es necesario para los que ya solicitaron el primer 25%.