La Sección tercera de la Sala de
lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado por auto de
fecha 16 de julio de 2024 la "suspensión del concurso de
méritos, convocado por Orden JUS 1318/2022, de 27 de
diciembre por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso
por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de
la Ley 20/2021 en el estado en el que se encuentra, a saber, la fase de alegaciones
a los listados provisionales, de modo que una vez se cierre el trámite de
alegaciones el día 28 de junio y 3 de julio en cada uno de los procedimientos,
quedarán en suspenso hasta la sentencia, y por las razones apuntadas el recurso
habrá de señalarse a la mayor brevedad (próximo 10 de septiembre de
2024)".
El
motivo: que se habían obviado normas legales referentes a la reserva de plazas para personas
con discapacidad.
Dicha cuestión ya ha sido
planteada y resuelta en la Sentencia 162/2024 del Tribunal Supremo de 1 de febrero de 2024 en un
procedimiento cuyo objeto es idéntico, anulando la convocatoria de empleo
temporal en la Administración General
del estado por el sistema de concurso precisamente por no respetar el cupo de
reserva para personas con discapacidad, por lo que las posibilidades de que este recurso prospere son muchas.
En
caso de estimarse se tendría que detraer de las plazas convocadas las correspondientes al turmo de discapacidad,volver a abrir un plazo de presentación de
instancias para el cupo de discapacidad, la publicación de un listado provisional y posteriormente definitivo
de admitidos y excluidos en dicho cupo y con posterioridad un plazo de presentación de
méritos con sus respectivas de alegaciones, todo
ello hasta llegar al mismo punto del proceso en que nos encontramos en la actualidad ( cierre del
trámite de alegaciones a la valoración provisional de méritos el día 28 de junio y el 3 de julio).
Teniendo en cuenta los tiempos a
que nos tiene acostumbrados este ministerio podríamos estar hablando de un retraso de unos 6 u 8 meses mínimo.