Todas
las solicitudes de los modelos V1, V2 y V3 se confeccionarán de forma
telemática a través del asistente de inscripción.
Recuadro V-1: Los
funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los
Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se
encuentren en situación de servizos especiales y los excedentes
por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo.
Recuadro V-2: Los
funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de otros Cuerpos
y Escalas de la Administración de Justiza o de otras
Administraciones, en situación de excedencia del art. 506.d de la
L.O 19/2003.
Recuadro V-3: Los excedentes
voluntarios por agrupación familiar / interés particular, adscritos
provisionales y los incursos en reordenación de efectivos o reasignación
forzosa.
Todas las personas interesadas
que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarias y
funcionarios de los cuerpos de gestión, tramitación y auxilio, a nivel
nacional, deberán cumplimentar la solicitud por medios telemáticos entrando en
la página web del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección:
La confección de la instancia ha de realizarse obligatoriamente con el asistente informático de inscripción.
Una vez que entren en dicha
página, pulsarán en el enlace que
aparece en la misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados», entrarán
en el asistente de inscripción y el sistema las guiará en la confección de la
solicitud siguiendo las instrucciones que se les irán indicando; a este efecto,
deberán consultar el Manual del asistente de inscripción web publicado en dicha
página y, si tienen alguna duda,
pueden llamar al teléfono de atención al usuario 913 90 46 05.
Con ello se conseguirá el
objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los
datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente almacenados
en el sistema informático.
-El número máximo entre plazas
vacantes y resultas no podrá superar de 200 números.
Las
personas concursantes, previamente a la entrada en el asistente de
inscripción, deberán identificarse
electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:
– DNI electrónico.
– Certificado digital.
– Cl@ve Pin 24 h.
– Cl@ve permanente.
Presentación de las solicitudes:
El presente sistema de
presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
Todas
las personas concursantes de ámbito nacional con modelo de instancia
V1, V2 o V3 grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las
instrucciones descritas en el
Tendrán en cuenta básicamente lo
siguiente:
– No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso
en formato papel.
– El uso del asistente de
inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia, sino que es un
proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la
instancia en dicho asistente dentro del plazo establecido, ya estará presentada
en el departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes
quisiera modificar una instancia ya confirmada dentro del plazo de presentación
de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del
asistente de inscripción.
– Dentro del período de
inscripción se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee,
teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la última instancia
presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia,
cada nueva acción realizada (nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a
la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente,
por lo que quedará activa únicamente la última.
– Se pueden presentar, junto con
la instancia, los documentos necesarios en los casos en los que se requiera.
– Serán rechazadas aquellas
solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente
de inscripción.
Renuncias:
Durante
el plazo de presentación de instancias, las funcionarias y los
funcionarios participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportunas,
así como renunciar a la participación en concurso, manteniéndose activa
únicamente, la última acción realizada.
Una
vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán
renunciar a la participación en el concurso, según lo indicado en la base
primera, apartado 7, pero no se podrá
realizar a través del asistente de inscripción, pues ya estará cerrado a
modificaciones, por lo que enviarán firmado y escaneado el anexo IV (modelo
de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a
través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es
Al enviar el correo electrónico,
indicarán en el apartado «Asunto»:
RENUNCIA, en un único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre,
apellidos, NIF y modelo de instancia de la persona interesada (ejemplo: Luis
Pérez Pérez 00000000K V1).
Peticiones condicionadas:
En caso de estar interesadas en
las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o
provincia dos personas concursantes del mismo o distinto cuerpo/escala, podrán
condicionar su petición al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo
municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario
desistidas de las peticiones condicionadas efectuadas por ambas. Las
funcionarias y los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el
apartado C, especificando el nombre,
apellidos y NIF de la persona con quien condicionan. Si alguna de las
personas concursantes no lo indicara en el apartado C, quedarán anuladas ambas
instancias.
Por el hecho de rellenar el
apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada
prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de ingreso y provisión de puestos
de trabajo en todos los números de orden solicitados.
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