martes, 10 de octubre de 2023

CONCURSO TRASLADOS 2023: Confección solicitudes, presentación, renuncias y peticiones condicionadas

CONFECCIÓN DE SOLICITUDES:

Todas las solicitudes de los modelos V1, V2 y V3 se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.

Recuadro V-1: Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servizos especiales y los excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo.

Recuadro V-2: Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justiza o de otras Administraciones,  en situación de excedencia del art. 506.d de la L.O 19/2003.

Recuadro V-3: Los excedentes voluntarios por agrupación familiar / interés particular, adscritos provisionales y los incursos en reordenación de efectivos o reasignación forzosa.

Todas las personas interesadas que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarias y funcionarios de los cuerpos de gestión, tramitación y auxilio, a nivel nacional, deberán cumplimentar la solicitud por medios telemáticos entrando en la página web del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/concursos-traslados/concurso-traslados-gestion-tramitacion-auxilio-2023

La confección de la instancia ha de realizarse obligatoriamente con el asistente informático de inscripción

Una vez que entren en dicha página, pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados», entrarán en el asistente de inscripción y el sistema las guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irán indicando; a este efecto, deberán consultar el Manual del asistente de inscripción web publicado en dicha página y, si tienen alguna duda, pueden llamar al teléfono de atención al usuario 913 90 46 05.

Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.

-El número máximo entre plazas vacantes y resultas no podrá superar de 200 números.

Las personas concursantes, previamente a la entrada en el asistente de inscripción, deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:

– DNI electrónico.

– Certificado digital.

– Cl@ve Pin 24 h.

– Cl@ve permanente.

Presentación de las solicitudes:

El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Todas las personas concursantes de ámbito nacional con modelo de instancia V1, V2 o V3 grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el Manual del Asistente de Inscripción.

Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:

No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato papel.

– El uso del asistente de inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia, sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la instancia en dicho asistente dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.

– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del asistente de inscripción.

– Dentro del período de inscripción se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia, cada nueva acción realizada (nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.

– Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los casos en los que se requiera.

– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de inscripción.

Renuncias:

Durante el plazo de presentación de instancias, las funcionarias y los funcionarios participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportunas, así como renunciar a la participación en concurso, manteniéndose activa únicamente, la última acción realizada.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la participación en el concurso, según lo indicado en la base primera, apartado 7, pero no se podrá realizar a través del asistente de inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que enviarán firmado y escaneado el anexo IV (modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es

Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: RENUNCIA, en un único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia de la persona interesada (ejemplo: Luis Pérez Pérez 00000000K V1).

Peticiones condicionadas:

En caso de estar interesadas en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos personas concursantes del mismo o distinto cuerpo/escala, podrán condicionar su petición al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas de las peticiones condicionadas efectuadas por ambas. Las funcionarias y los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre, apellidos y NIF de la persona con quien condicionan. Si alguna de las personas concursantes no lo indicara en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de ingreso y provisión de puestos de trabajo en todos los números de orden solicitados.

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