Hoy
lunes, 5 de septiembre, se publica en el DOG la Resolución
por la que se convoca a concurso de traslado, desde hoy empieza el plazo
para solicitar el concurso de traslados convocado y publicado el pasado sábado
en el BOE y que finaliza el día 16 de septiembre.
No se presentará ninguna instancia de participación
en el concurso en formato papel.
A continuación, os facilitamos los pasos necesarios
para rellenar y presentar la instancia del concurso, así como
el Manual
del Asistente de Inscripción
y si tienen alguna duda pueden llamar al teléfono de Atención al Usuario
913904605.
1. Para acceder al asistente de inscripción en el concurso, pincha en el siguiente enlace:
Accede aqui
3. La primera pantalla del asistente es la
siguiente:
4. Una vez pulsado el botón SEGUIR, el proceso consta de los siguientes pasos:
ACCESO:
se solicita nuestro DNI, una vez validado, aparecerá nuestro nombre y
apellidos.
CONVOCATORIA: introducir el Cuerpo en el que estamos actualmente y el cuerpo desde el que deseamos concursar.
DATOS DE CONTACTO: En esta pantalla se rellenarán los datos de contacto a efecto de notificaciones.
TIPO DE INSCRIPCIÓN: En esta pantalla se seleccionará el tipo de inscripción (V1, V2 o V3)
en función de nuestra situación administrativa. Una vez elegido el tipo de
inscripción, se tendrá que seleccionar la situación administrativa que
corresponda, completar los datos y adjuntar la documentación necesaria en el
apartado “Documentación a adjuntar” que el asistente solicite.
-V1 Los
funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de
los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se
encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por
cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo.
-V2. Los funcionarios destinados en puestos de trabajo de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Se señalará el destino actual en propiedad. Los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público, deberán acompañar a su solicitud de participación en el concurso una declaración jurada de no encontrarse en situación de suspensión firme de funciones.
– Los excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de su pase a dicha situación, y la declaración jurada de no haber sido separados de cualquiera de las Administraciones Públicas, ambas en un mismo documento en formato PDF.
IDIOMAS: En esta pantalla se rellenarán los datos relativos a los idiomas y se adjuntará la documentación acreditativa en los casos en los que sea necesario.
El asistente propondrá por defecto el nivel de idioma que el Ministerio tenga registrado y reconocido de años anteriores. Si este nivel/idioma propuesto no ha cambiado, no es necesario adjuntar de nuevo la documentación. (nivel básico 1, nivel medio 2, nivel superior 3).
Por el contrario, si se selecciona un nuevo nivel o idioma se deberá adjuntar el certificado correspondiente en formato pdf.
» La tabla de “Ofertas” (en la parte izquierda de la pantalla), donde se muestra toda la oferta de plazas para el presente concurso.
» La tabla de “Selecciones” (en la parte derecha de la pantalla), donde se irán mostrando los destinos solicitados que se seleccionen de la tabla de Ofertas.
En la primera columna de la tabla de Ofertas se
encuentra el Nº de orden de la plaza (o conjunto de plazas) en cuestión,
seguido de la columna “Tipo” (con los valores V: vacante/s y posibles resultas;
R: sólo resultas), el Órgano de la plaza o plazas ofertadas y la Localidad del
mismo.
1. Filtrar usando los campos “Provincia” y “Localidad” que se encuentran sobre la tabla “Ofertas”.
El máximo de plazas vacantes y resultas a solicitar no puede exceder de 200 órganos. Solicitado un órgano se entienden solicitadas todas las vacantes y resultas de ese órgano.
1. Completar el municipio de firma de la
instancia.
2. “Impresión del borrador”: Consultar y
descargar el borrador de la instancia en formato pdf para comprobar que toda la
información es correcta antes de confirmar la inscripción.
3. “Confirmar inscripción”: Confirmar el
formulario de inscripción. Con esta acción quedará presentado de forma
telemática. Para poder cambiarla, tendríamos que generar una nueva inscripción
(sólo sería válida la última presentada) accediendo de nuevo al asistente y
pulsando "nueva inscripción".
INFORMACIÓN SOBRE RENUNCIAS
Hasta el fin del plazo de finalización de instancias (16 de septiembre) se puede renunciar y presentar una nueva instancia (que invalida y anula las anteriores presentadas) sin justificación alguna. Una vez transcurrido este plazo, no es posible renunciar, excepto cuando se publiquen las adjudicaciones provisionales, y siempre con causa justificada.
No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso definitivamente, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que todos los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados.
Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos debidamente justificados.
1. Antigüedad.–Por los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala para el que participa se otorgará dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y hasta un máximo de 60 puntos.
2. Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas.–En las plazas ubicadas en las Comunidades Autónomas que tengan lengua oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de certificación oficial de la Comunidad Autónoma, u homologación del título aportado y del nivel al que corresponda el título, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta doce puntos según el nivel de conocimientos acreditado.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.