domingo, 16 de noviembre de 2014

Navarra no tendrá competencias legislativas sobre el personal de justicia.

El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno central contra varios preceptos de la ley foral que regulan diversos aspectos del régimen jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia de Navarra.
La sentencia considera que la norma recurrida invade competencias que, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, corresponden de forma exclusiva al Estado.
La sentencia del TC explica que esta atribución de competencias debe partir del «deslinde» previo entre el «núcleo esencial» de la Administración de Justicia y lo que ha venido en llamarse «administración de la administración de Justicia», referida al conjunto de medios personales y materiales que no se integran en ese núcleo esencial de la Administración de Justicia sino que «se ponen al servicio» de la misma.
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