Ayer conocíamos la primera sentencia que reconoce la ilegalidad
del recorte de la paga extra con fundamento en los mismos argumentos que STAJ ha alegado en todos los
recursos que tenemos interpuestos en diversos tribunales: la LOPJ fue
modificada en diciembre, fecha en la que ya estaba devengada la totalidad de la
paga extra, por tanto, su eliminación por parte de la administración no puede
tener efecto retroactivo.
Esta sentencia, dictada por un juzgado de lo contencioso
administrativo de Sevilla, ha recaído en un recurso interpuesto por un funcionario
de Justicia, y en principio podrán
beneficiarse todos los funcionarios de justicia de la provincia de Sevilla
mediante extensión de sentencia. Para el resto, seguimos a la espera de la
resolución de los recursos que STAJ y otros sindicatos tenemos
interpuestos desde hace tiempo.
No obstante, STAJ solicitará por escrito a todas las
Comonidades Autónomas y al Estado que devuelva la paga extra a todos los funcionarios
de Justicia, y que no esperen a la resolución de los muchos recursos que hay
interpuestos por todo el Estado, arriesgándose a una más que probable condena en
costas en todos ellos.
En definitiva, empezamos a recuperar derechos, unos por la vía
de la negociación (los tres días de libre disposición logrados por STAJ), y otros, lamentablemente,
por la vía judicial, a la que nos hemos visto obligados a acudir y que la
mayoría de sindicatos estamos utilizando.No obstante, habrá
que ver en qué queda todo esto porque, por un lado, también hay sentencias contrarias a la devolución (algunas incluso en la misma
provincia e interpuestas por el mismo sindicato que ahora ha obtenido sentencia
favorable), y sobre todo porque dudamos mucho que ni Xunta de Galicia ni el
propio Estado acepten sin más devolver la paga a todos los funcionarios de
Justicia. ¿O tal vez esperarán a 2015, año electoral, como ya están anunciando?