Ante la duda de cual es el momento en el
que hay que presentar la documentación que acredita el conocimiento
lengua oficial propia,y ante
la ambigüedad que relata el texto de la convocatoria, os pasamos a hacer la
siguiente aclaración:
Los aspirantes que
concurran por el turno libre y
por un ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua
oficial propia, y que opten por acreditar documentalmente el conocimiento de
dicha lengua, una vez se hagan públicas en la página web del Ministerio de
Justicia, las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han
superado la fase de oposición, aportarán en el plazo de diez días
hábiles las certificaciones
acreditativas correspondientes en la sede del Tribunal Delegado
competente.
Los aspirantes que concurran por el turno de
promoción interna, en la misma resolución en la que se hagan públicas las
relaciones de aprobados de la fase de oposición, se establecerá un plazo de veinte días
naturales para presentar en el
Registro General del Ministerio de Justicia, toda la documentación
acreditativa, en original o fotocopia compulsada, de los méritos a valorar en la
fase de concurso, así como las certificaciones acreditativas del conocimiento de
la lengua propia de la correspondiente Comunidad Autónoma.