sábado, 8 de agosto de 2020

El teletrabajo ya tiene "prioridad" jurídica


El modelo de teletrabajo que tan popular se volvió a consecuencia del coronavirus parece tener también "prioridad" desde el punto de vista jurídico.

 Un Juzgado de lo Social  estimó la demanda de un trabajador,  para poder ejercer sus funciones desde el domicilio, como llevaba haciendo desde la declaración del Estado de Alarma, contraviniendo la decisión de la empresa que lo obligó a finales de mayo a reincorporarse a su puesto de trabajo.

La empresa argumentó en su demanda que denegaba el teletrabajo a su empleado aludiendo a que necesitaba su presencialidad para atender a los asociaciados y clientes a la vez que podría suponer una situación de "discriminación" sobre otros empleados de la empresa.

La sala desestimó sus pretensiones ponderando lo recogido por el Real Decreto 8/2020, alegando que "la situación en la que nos encontramos, prioriza el teletrabajo sobre otras opciones como la reducción de jornada". Así, entiende el magistrado que la empresa "incumplió" su obligación de valorar de forma "fundada" su petición así como la búsqueda de otras alternativas.


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