Hoy se publica en el BOE el Real Decreto-ley que se aprobó por el Consejo de Ministros en el ía de ayer y que tiene como base el Acuerdo entre el Ministerio de Política Territorial y
Función Pública y los sindicatos CCOO, CSIF Y UGT, en el que se recogen una
serie de medidas para la reducción de la temporalidad en la Administración
hasta llegar a unos niveles inferiores al 8%.
Esta
pretensión no es nueva, ya se tenía en año 2017, cuando se inició un proceso
excepcional para reducir esa temporalidad (proceso en el que aún nos
encontramos), consistente en que en la sucesivas Ofertas de empleo público se
ofertaran todas las plazas de la Administración vacantes, y en convertir en
plantilla aquellas plazas estructurales que llevaran más de 3 años siendo
ocupadas con un nombramiento de refuerzo. Esa intención se plasmó en que los
procesos selectivos, para el turno libre, correspondientes a las OEP de los años
2017, 2018 y 2019 fueran bajo el sistema de concurso-oposición, incluyéndose
también plazas adicionales para el turno de promoción interna.
Aún
estamos en eso, puesto que tan sólo se ha convocado las OEP correspondientes a
los años 2017 y 2018. Resta aún la OEP del año 2019 que también se desarrollará
por el sistema de concurso-oposición como la de 2017-18.
Pues
bien, sin haber finalizado el proceso iniciado en el año 2017, ya tenemos otro
Acuerdo que versa sobre lo mismo y tendrá repercusión en la selección de
funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Falta conocer todavía el
alcance y repercusiones que tendrá en el ámbito de la Administración de
Justicia y si requiere modificación o no de la LOPJ y, en consecuencia, tanto
por un lado en los procesos selectivos, como por otro lado el tiempo máximo del
nombramiento de personal interino y en qué supuestos, con su correspondiente
indemnización en su caso, modificaciones en las bolsas de interinos, etc.
En esta traslación a nuestro sector defenderemos como hemos hecho en todas las convocatorias de procesos selectivos tanto la reforma y mejora de la promoción interna, lo que debe incluir ineludiblemente la recuperación del 50% de plazas desiertas para este turno, como el sistema de concurso-oposición para el turno libre como mejor sistema para favorecer, como ha ocurrido en la actual convocatoria de 2017-18, que los funcionarios interinos puedan participar en esos procesos selectivos con reconocimiento de su experiencia y conocimientos en la tramitación, siempre compleja, de los diferentes procedimientos judiciales que se llevan en la Administración de Justicia, procesos selectivos que han de ser siempre respetuosos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Ver en el BOE el Real Decrecto-ley