La Comisión de Justicia del Congreso aprobará mañana
la ley que permitirá que el personal sanitario de los hospitales inscriba a los
recién nacidos en el Registro Civil a partir del próximo 15 de octubre.
El Proyecto de Ley de medidas de reforma
administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro
Civil establece que los datos de los bebés se remitan a través de vía
electrónica desde los centros médicos, un nuevo sistema que sustituirá al
desplazamiento hasta las sedes de los registros que deben efectuar hasta el
momento los padres en los días posteriores al nacimiento para inscribir a sus
hijos en el Libro de Familia.
La dirección de los hospitales tendrá que comunicar
los nacimientos al Registro Civil que corresponda en un plazo de 72 horas. El
personal sanitario tendrá la responsabilidad de identificar al recién nacido y
comprobar su filiación materna.
Además, en los hospitales se tomarán las huellas
plantares del bebé y las dactilares de la madre. La realización de estas
pruebas tendrá que constar en la inscripción y acompañará al formulario oficial
que se remitirá de forma electrónica e irá firmado por los padres e incluirá el
nombre del niño y su nacionalidad. El facultativo que asista al parto
incorporará el parte del nacimiento acompañado de firma electrónica.
Hasta que el personal médico no disponga de
certificados de firma electrónica, podrá firmar a mano toda la documentación y
precisa que, en el futuro, "podrán fijarse otros procedimientos
tecnológicos" para cumplimentar estos trámites.
El sistema se empleará también para las defunciones,
en las que también se enviará electrónicamente la comunicación de
fallecimiento. La nueva norma plasmará, además, el acuerdo alcanzado entre los
partidos tras la renuncia del Ministerio de Justicia a dejar la gestión del
Registro Civil en manos de los registradores mercantiles y de la propiedad.
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