Una
sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid (TSJM) ha condenado a la Agencia Tributaria a devolver a una mujer lo
cobrado en el IRPF por la prestación de maternidad que percibió en el 2009, por
considerarla exenta de tributación y entender que «la interpretación que
realiza la Agencia Tributaria de la regulación legal no es acertada».
De
este modo, aunque la sentencia no crea jurisprudencia y afecta únicamente a la
demandante, sí sienta un precedente que abre la puerta a que las casi 70.000
mujeres que desde el 2012 (último año para el que la reclamación no está
prescrita) y hasta la actualidad han declarado en Galicia en su IRPF la
prestación percibida por maternidad puedan iniciar el procedimiento de
devolución frente al fisco. En el conjunto del país, la cifra de potenciales
afectadas se dispararía a los 2,5 millones.
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